Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130406-36

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 4

EDICTO

36
Juicio de faltas 67 de 2013

Don Lorenzo Lobo Zamora, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Alcorcón.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 67 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcorcón, a 21 de febrero de 2013.—Doña María Isabel Maroto Cuenca, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Alcorcón y su partido, ha visto en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 67 de 2013, seguidos por la presunta falta de estafa del artículo 53 del Código Penal, con intervención del ministerio fiscal en representación de la acción pública, en los que ha sido parte denunciante el legal representante de “Ikea”, y parte denunciada don Tadeusz Walas.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Tadeusz Walas, como autor de una falta de estafa, a la pena de treinta días de multa, a razón de 6 euros de cuota diaria, quedando sujeto en caso de impago a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, y hacer frente a las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes y al ministerio fiscal.

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—Firmado y rubricado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Tadeusz Walas, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcorcón, a 26 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/8.083/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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