Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130405-52

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CORPA

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Notificación comparecencia

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 112.1 y 2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, por el presente se cita a las personas o entidades a quienes no se ha efectuado la entrega de la notificación de la correspondiente providencia de Apremio, en cuya relación de deudores se encuentran incluidos, por no hallarse ninguna persona presente en su domicilio en el momento de realizarla, para ser notificados por comparecencia en el plazo de quince días naturales contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, de las deudas que tienen pendientes con el Ayuntamiento de Corpa, por los conceptos y ejercicios que se detallan. Asimismo, se advierte de que transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo para comparecer.



Recursos: (en los casos a que se refiere el artículo 167.3 de la Ley General Tributaria):

— De reposición, ante la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación. Igualmente, podrá interponerse cualquier otro recurso o reclamación que estime procedente. La interposición de cualquier recurso o reclamación únicamente producirá la suspensión del procedimiento de Apremio, en los términos a que se refiere el artículo 73.1 del Reglamento General de Recaudación.

Plazo de ingreso: de acuerdo con lo establecido en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:

— Si la notificación tiene lugar entre los días 1 a 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 de dicho mes, y si este no fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.

— Si la notificación tiene lugar entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente, y si éste no fuera hábil hasta el inmediato hábil siguiente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 del la Ley General Tributaria las cuotas serán gravadas con el recargo de apremio reducido del 10 por 100. Si el ingreso de la deuda tributaria no se realiza en los plazos señalados se devengará el recargo de apremio ordinario del 20 por 100 previsto en el artículo 28.5 de la Ley General Tributaria.

Lugar y forma de pago: se efectuará mediante ingreso en la cuenta que el Ayuntamiento tiene abierta en “Bankia” 2038 2861 89 6003941771.

Con la advertencia de que de no hacer efectiva la cantidad adeudada en el plazo indicado, se procederá sin más a dictar diligencia de embargo de los bienes de su propiedad o a la ejecución de las garantías existentes siendo los costes ocasionados a su cargo, así como los intereses de demora hasta la fecha de ingreso.

Corpa, a 12 de marzo de 2013.—El tesorero, Clemente Elipe Clemente.

(02/2.055/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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