Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
27-03-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130327-110

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

110
Ejecución 25 de 2008

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 25 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Encarnación Manso Muñoz, frente a don Iván Rodríguez Torrico, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 19 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Acuerdo: Tener por terminado el presente procedimiento de ejecución número 25 de 2008, seguido a instancia de doña Encarnación Manso Muñoz, frente a don Iván Rodríguez Torrico.

Alzar y dejar sin efecto el embargo trabado sobre la finca descrita en el antecedente de hecho tercero, librándose a tal efecto mandamiento por duplicado, quedando a disposición de la parte a la que le interese la anotación de dicho levantamiento, para ser presentado ante el Registro de la Propiedad número 3 de Madrid, todo ello una vez conste firme la presente resolución.

Practíquese por el señor secretario la correspondiente tasación de costas, de la que se dará vista a las partes por término de diez días y transcurrido dicho plazo sin impugnarla se les tendrá por conformes con la tasación practicada.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2.500/0000/00/0506/07 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Iván Rodríguez Torrico, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 19 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.808/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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