Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
21-03-2013

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130321-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRELODONES

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Notificación expediente sancionador

Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículos 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, de conformidad con lo previsto en el apartado 5 del mismo artículo y en el artículos 61 del citado texto legal, lo siguiente:

“Por la señora alcaldesa, en la fecha que se indica, se ha dictado resolución de incoación de expediente sancionador por presunta infracción de la ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos por dejar un perro suelto en un parque infantil de Torrelodones, para determinar la responsabilidad y sanción que corresponda, conforme a lo que resulte de la instrucción del expediente.

Se ha nombrado instructor del expediente, al concejal-delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente, don Santiago C. Fernández Muñoz.

El órgano competente para la resolución del procedimiento será la Alcaldía, conforme disponen los artículos 10 del Reglamento de Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, y 21.1.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Los presuntos responsables tienen derecho a conocer, en cualquier momento del procedimiento, el estado de tramitación y a acceder y obtener copias de los documentos constituidos en el mismo, previo pago de la tasa correspondiente.

Tienen, igualmente, quince días para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estimen convenientes y, en su caso, proponer pruebas concretando los medios de que pretendan valerse.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13.2 del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, haciendo constar que contra las presentes resoluciones no cabe recurso alguno al ser actos administrativos de trámite, no decisorios, que inician el procedimiento administrativo, sin perjuicio de impugnar en su día las decisiones que pongan fin a los mismos, si son contrarias a los derechos de los presuntos responsables.

El vicesecretario del Ayuntamiento, Antonio Iglesias Moreno”.

Estos expedientes pueden ser consultados en el Ayuntamiento de Torrelodones, Registro General de Entrada, sito en la plaza de la Constitución, número 2, de lunes a viernes, en horario de ocho y quince a catorce.

Número de expediente. — Fecha de inicio del expediente. — Hechos constitutivos de infracción. — Ubicación. — Presunto responsable. — Precepto infringido. — Calificación. — Sanción a imponer

ES 4.2.50/12 (ID. 2006). — 4 de enero de 2013. — Perro suelto en parque infantil. — Avenida de Torrelodones, 23. — Carlos Tortajada Bautista. — Ordenanza reguladora de la tenencia de perros y otros animales domésticos para Torrelodones. — Leve. — Multa de hasta 750 euros.

Torrelodones, a 27 de febrero de 2013.—La alcaldesa, Elena Biurrun Sainz de Rozas.

(02/1.633/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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