Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130320-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

RÉGIMEN ECONÓMICO

31
Notificación procedimiento sancionador

Por no haber sido posible practicar en el domicilio de los destinatarios las notificaciones que se relacionan en el anexo I, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra dicho acuerdo se concede el plazo de quince días, contados a partir de la publicación del presente anuncio, para que, de conformidad con lo previsto en el artículo 16 del Real Decreto 1398/1993 formule cuantas alegaciones convenga a su derecho y proponga la práctica de aquellas pruebas que considere pertinentes, advirtiéndole de que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo concedido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución con los efectos previstos en los artículos 13, 18 y 19 del Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora, Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

ANEXO I

Número de expediente. — Infractor. — CIF/NIF. — Precepto infringido. — Fecha de infracción. — Fecha de expediente orden de ejecución. — Importe

1496/12. — María Paz López Aguado. — 07475522-Q. — Orden de ejecución de traslado placa vado mal situada. — 26 de abril de 2012. — 29 de junio de 2012. — 500 euros.

2384/12. — Comunidad de propietarios Las Viñas, 7. — H-80992019. — Orden de ejecución arqueta ICT deteriorada. — 30 de enero de 2012. — 30 de agosto de 2012. — 1.000 euros.

Alcobendas, a 26 de febrero de 2013.—El alcalde, Ignacio García de Vinuesa.

(02/1.663/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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