Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130318-62

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

62
Procedimiento 296 de 2012

Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 296 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Pacheco López, frente a “Recreativos Haba, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto de extinción laboral de fecha 11 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

1. Se declara extinguida, con fecha de esta resolución, la relación laboral existente entre la empresa “Recreativos Haba, Sociedad Anónima”, y el trabajador don José Luis Pacheco López.

2. Se declara la obligación de la citada empresa de abonar al trabajador la cantidad de 2.086,92 euros en concepto de indemnización, así como 12.555,18 euros en concepto de salarios dejados de percibir desde el día en que tuvo lugar el despido (4 de febrero de 2012) hasta la fecha de hoy.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de reposición ante este Juzgado en el término de tres días a contar desde su notificación. Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos, vendrá obligado a consignar como depósito, en la cuenta bancaria de este Juzgado (“Banesto”, cuenta número 2500), la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso, al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial), según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así lo acuerda y firma don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Recreativos Haba, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.055/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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