Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2013

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130318-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

41
Juicio de faltas 1.177 de 2012

Don Daniel Alejandro Ignacio Campos, secretario del Juzgado de instrucción número 13 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.177 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:

Que debo absolver y absuelvo libremente a doña Edith Vera Rodríguez de la falta penal por la que había sido denunciada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes instruyéndolas de su derecho a recurrirla en apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el término de cinco días contados a partir del siguiente al de su notificación, quedando durante los mismos los autos a disposición de las partes en esta Secretaría, haciéndoles saber que el recurso deberá ser formalizado ante este Juzgado mediante escrito, durante ese plazo, exponiendo en el mismo los motivos de la apelación, conforme establece el artículo 976 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sin cuyo requisito no se admitirá la misma.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a las actuaciones originales y se incluirá el libro de sentencias, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Edith Vera Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 1 de febrero de 2013.—El secretario (firmado).

(03/6.119/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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