Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
05-03-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130305-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1

EDICTO

177
Autos 617 de 2012-1

Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento sobre Seguridad Social número 617 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Saturnino Ruiz Riveros, sobre Seguridad Social, se ha dictado prov. cita. de 12 de marzo de 2013, cuya parte dispositiva se adjunta:

Providencia

Ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social, don Jesús González Velasco.—En Guadalajara, a 4 de diciembre de 2013.

Dada cuenta, por presentado el anterior escrito de 9 de noviembre de 2012, únase a los autos de su razón, se tiene por ampliada la demanda contra “Alza Obras y Servicios, Sociedad Limitada”, “Emofer, Sociedad Limitada”, “Estrugón Empresa Constructora, Sociedad Anónima”, “General de Servicios y Contenedores, Sociedad Limitada”, “Soriana de Trabajos y Servicios en Altura, Sociedad Limitada”, “Construcciones Sanmoviz, Sociedad Limitada”, “Guadalcarria, Sociedad Limitada”, “Solados El Castellar, Sociedad Limitada”, don Gregorio Organero Torres, “Construveyla, Sociedad Limitada”, “Construveyla, Sociedad Anónima”, “Seryjeca, Sociedad Limitada”, “Tefesán, Sociedad Limitada”, “Estructuras Organero, Sociedad Limitada”, “Estructuras Rieger CSM, Sociedad Limitada”, don Jesús Escribano Delgado, “Molina Ortiz Saldaña Trujillo, Sociedad Limitada”, “Gricol, Sociedad Limitada”, “Construcciones Ferraya Anbel, Sociedad Limitada”, don José Ramón González Pizarro, “Edienfoba, Sociedad Limitada”, don Rafael Herrera Rodríguez, “Nevada House, Sociedad Limitada”, “Hormafor, Sociedad Limitada”, “Selección Selectiva ETT, Sociedad Limitada”, “Grupo Encofor, Sociedad Limitada”, “Geacam, Sociedad Anónima”, y “Urbapama, Sociedad Anónima Unipersonal”, librándose las correspondientes citaciones para nueva vista el día 12 de marzo de 2013, a las doce y treinta horas, y dejando sin efecto el señalamiento del día 4 de diciembre de 2012.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Así lo acuerda y firma su señoría, doy fe.—El secretario judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo Encofor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 21 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/6.677/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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