Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2013

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130301-97

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5

EDICTO

97
Procedimiento ordinario 966 de 2010

En el procedimiento ordinario número 966 de 2010, seguido en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Coslada, se ha dictado sentencia número 174 de 2012, cuyo tenor literal dice:

Sentencia

En Coslada, a 20 de noviembre de 2012.—Vistos por mí, Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Coslada, los autos de juicio ordinario con el número 966 de 2010, en los que intervienen, como parte demandante, “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don José Montalvo Torrijos y bajo la dirección letrada de don Marcos Vicario Trinidad, y, como parte demandada, don Antonio Sánchez Camacho Rodríguez Peral, en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los Tribunales don José Montalvo Torrijos, frente a don Antonio Sánchez Camacho Rodríguez Peral, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de 8.350,30 euros, más el interés de demora pactado, a contar desde la fecha de presentación de la demanda hasta el completo y efectivo pago del principal, con expresa imposición de las costas causadas en esta primera instancia a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución.

En Coslada, a 17 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(02/1.053/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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