Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 51

Fecha del Boletín 
01-03-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130301-72

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

72
Juicio verbal 2.042 de 2010

En el juicio verbal número 2.042 de 2010 se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia número 285 de 2011

En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.—Vistos por mí, Mónica Arévalo Arévalo Estecha, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 8 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 2.042 de 2010, a instancias de doña Alfonsa Gallén de Cozar, representada por el procurador don Luis Gómez López-Linares y asistida técnicamente por el letrado don Mario Fernández García, contra don José Ángel Ayuso Corredor, quien fue declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, intereses y costas.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Luis Gómez López­Linares, en nombre y representación de doña Alfonsa Gallén de Cozar, debo condenar y condeno al demandado, don José Ángel Ayuso Corredor, a abonar a esta la cantidad de 5.320,15 euros, más los intereses legales, con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Debiendo la parte, al preparar el recurso, acreditar la constitución del depósito de 50 euros, previsto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en la cuenta de depósitos de este Juzgado, número 2436 0000 02 0000 00 (correspondiendo estos últimos seis dígitos al número y año de procedimiento), bajo apercibimiento de inadmisión si no lo verifica.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don José Ángel Ayuso Corredor la sentencia de 24 de noviembre de 2011 bajo los apercibimientos legales.

En Madrid, a 25 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/1.206/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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