Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130227-84

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

84
Procedimiento ordinario 177 de 2008

En el procedimiento ordinario número 177 de 2008, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 101 de 2011

En Alcobendas, a 30 de marzo de 2011.—Doña Gemma Susana Fernández Díaz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas y su partido, ha visto los presentes autos de juicio ordinario seguido en este Juzgado bajo el número 177 de 2008, entre partes, de una y como demandante la comunidad de propietarios de la zona residencias “Ciudalcampo” y de otra y como demandada la mercantil “Sonoyta Holding Company INC”, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la zona residencias “Ciudalcampo”, representada por el procurador señor Sánchez Vicente, contra la mercantil “Sonoyta Holding Company INC”, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a la citada demandada a abonar a la demandante la cantidad de 7.872,42 euros, más intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda y hasta el completo pago, con el incremento previsto legalmente a partir de la fecha de esta resolución, y costas.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber de que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, que habrá de prepararse mediante escrito presentado en este Juzgado, en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente a su notificación, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, previo depósito de la cantidad de 50 euros en la forma prevista legalmente, bajo apercibimiento de inadmisión.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos quedando el original en el libro de sentencias, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la dictó constituida en audiencia pública en el día de la fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Sonoyta Holding Company INC”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, habiéndose acordado su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcobendas, a 16 de octubre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/1.135/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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