Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130227-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

EDICTO

81
Juicio ordinario 1.042 de 2009

Don Pedro Ángel Guirao Llorente, secretario judicial del Juzgado de primera instancia número 88 de Madrid.

Digo: En los autos de juicio ordinario número 1.042 de 2009, seguidos en este Juzgado a instancias de “BMW Financial Services Ibérica EFC, Sociedad Anónima”, frente a “AD Criteria Siglo XXI, Sociedad Limitada”, don Eduardo Uzquiano Lafleur y doña María Jesús Abarrategui Lozano, se ha dictado, en fecha 23 de febrero de 2011, sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador don Virgilio Navarro Cerrillo, en nombre y representación de la entidad “BMW Financial Services Ibérica EFC, Sociedad Anónima”, contra don Eduardo Uzquiano Lafleur, doña María Jesús Abarrategui Lozano y la mercantil “AD Criteria Siglo XXI, Sociedad Limitada”, todos ellos en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno a los referidos demandados a que conjunta y solidariamente abonen a la actora la suma de 19.328,41 euros, en concepto de principal, más los intereses moratorios pactados al tipo del 2,5 por 100, calculados desde la fecha 29 de abril de 2009, hasta su completo pago, y todo ello con expresa condena en costas a dichos demandados.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días, a partir de su notificación, para cuya admisión es preceptivo efectuar el depósito de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial).

Así por esta mi sentencia que será notificada a las partes con estricta observancia de lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.

Y dado el ignorado paradero de la entidad “AD Criteria Siglo XXI, Sociedad Limitada”, se acuerda notificar a la misma por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expidiéndose el presente en Madrid, a 19 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(02/338/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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