Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
22-02-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130222-197

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BURGOS NÚMERO 3

EDICTO

197
Autos 809 de 2011

Doña Antonia María García-Morato Moreno-Manzanero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Burgos.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 809 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Francisco Santos de la Hija, contra la empresa “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Autos

En Burgos, a 19 de noviembre de 2012.—Doña Asunción Puertas Ibáñez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Burgos, tras haber visto los presentes autos sobre procedimiento ordinario número 809 de 2012, entre partes: de una, y como demandante, don José Francisco Santos de la Hija, que comparece representado del letrado don Jesús Rilova Simón, y de otra, como demandada, “Esabe, Vigilancia, Sociedad Anónima”, que no comparece pese a constar citado en legal forma.

Fallo

Que estimando como estimo la demanda interpuesta por don José Francisco Santos del a Hija contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la referida empresa a que abone al actor la suma de 494,50 euros, más un 10 por 100 anual en concepto de intereses de demora.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

Advierto a las partes de que contra esta sentencia pueden anunciar recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León y por conducto en este Juzgado de lo social número 3, en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia.

En ese momento deberán designar letrado o graduado social colegiado que se encargará de su defensa en la tramitación del recurso que anuncia.

En el caso de que quien pretendiera recurrir no ostentara la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o no gozase del beneficio de justicia gratuita o no estuviese en alguna de las causas legales de exención, deberá, al momento de anunciar el recurso y en el plazo de cinco días señalado, consignar la cantidad objeto de condena o formalizar aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito por esa cantidad en el que haga constar la responsabilidad solidaria del avalista; y que al momento de anunciar el recurso de suplicación deberá acompañar resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad de 300 euros en la cuenta de este órgano judicial abierta en “Banesto”, sucursal 1717, cuenta número 0000 30 0809 11, debiendo hacer constar en el campo “Observaciones” la indicación de depósito para la interposición de recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Seguidamente se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Burgos, a 23 de enero de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.918/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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