Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2013

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130215-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

URBANISMO

56
Modificación Puntual Plan General Ordenación Urbana

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 29 de noviembre de 2012, adoptó acuerdo número 101/12, del siguiente tenor literal:

Primero.—Aprobar inicialmente la Modificación Puntual número 5 del Plan General de Ordenación Urbana de Colmenar Viejo, conforme al artículo 57.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

El objeto de la modificación que se propone y que se deriva del informe del arquitecto municipal es la siguiente: “Modificación del título 4 del volumen II de la parte II del Plan General de Ordenación Urbana, relativo a los usos del suelo y de la edificación”, en los términos que indica el propio documento de modificación.

Segundo.—Someter la modificación al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en periódico de amplia difusión y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, conforme al artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, quedando el expediente a disposición de cualquier persona física o jurídica interesada o afectada que desee examinarlo, durante el plazo señalado, en el Servicio de Urbanismo para formular las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero.—Requerir informes sectoriales a los siguientes organismos:

— Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural dependiente del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

— Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Facultando expresamente a la Alcaldía-Presidencia de manera que, evacuado el trámite de información pública, si no resultaran alegaciones/sugerencias, remita todo lo actuado a la Consejería competente para que pueda emitirse el informe definitivo de análisis ambiental.

Lo que se pública a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar la documentación obrante en el expediente de su razón, durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, calle Carlos Aragón Cancela, número 5, en las mañanas de los días hábiles (excepto sábados), a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo, o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos e intereses.

Colmenar Viejo, a 24 de enero de 2013.—El alcalde-presidente, Miguel A. Santamaría Novoa.

(03/3.668/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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