Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
15-02-2013

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130215-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se designa al laboratorio de ensayo y contraste de metales preciosos de la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, como laboratorio oficial para el ensayo y contrastación de garantía de objetos fabricados con metales preciosos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

La Ley 17/1985, de 1 julio, sobre Objetos Fabricados con Metales Preciosos, por la que se regula de la fabricación, tráfico y comercialización de objetos elaborados con metales preciosos, y su Reglamento de desarrollo aprobado por el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, establecen que los laboratorios facultados para llevar a cabo el ensayo y la consiguiente contrastación de garantía de objetos fabricados en metales preciosos podrán ser “laboratorios oficiales”, siendo los mismos los establecidos por los órganos competentes de las Administraciones Públicas para certificar que un objeto de metal precioso cumple las normas legales y reglamentarias que le son de aplicación.

Segundo

El Decreto 32/1995, de 5 de abril, por el que se regulan los laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos y el control de dichos productos en la Comunidad de Madrid, establece que serán laboratorios oficiales aquellos que designe la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía que satisfagan los requisitos establecidos en su título II para certificar que los objetos de metales preciosos cumplen las normas legales y reglamentarias que le son de aplicación. Asimismo, se atribuye a la entidad “Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid”, en adelante Laboratorio del Consorcio, el ejercicio de las funciones de ensayo y contrastación de garantía de los objetos fabricados con metales preciosos, así como los de apoyo técnico, a la intervención oficial en este campo, y se establece que el inicio de las actividades encomendadas se hará por Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, otorgándole el carácter de Laboratorio Oficial.

Tercero

Por Resolución de 12 de junio de 1995, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se designó como laboratorio oficial de la Comunidad de Madrid de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos, al Laboratorio de Ensayo y Contraste de Metales Preciosos del Consorcio “Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid”.

Cuarto

En fecha 24 de septiembre de 2012 se otorga la escritura de transformación del Consorcio “Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid” en sociedad de responsabilidad limitada denominada “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”. Dicha transformación se realiza acogiéndose a lo establecido en el artículo 9.1.1.o de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, manteniendo la nueva sociedad de responsabilidad limitada la personalidad jurídica que ostentaba el citado consorcio, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la citada disposición, por lo que esta sigue amparada por el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin que a día de la fecha se haya visto alterada la participación de la Comunidad de Madrid en la mencionada entidad ni en sus órganos de gobierno.

Quinto

Don José Manuel López Mejías, en nombre y representación del Consorcio “Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid”, con domicilio en la calle Valentín Beato, número 16, 28006 Madrid, presenta ante esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, con registro de entrada el 18 de octubre de 2012, solicitud de revisión de la designación del Laboratorio de Ensayo y Contraste de Metales Preciosos del Consorcio “Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid”, como laboratorio oficial de la Comunidad de Madrid de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos, motivada por la transformación indicada en el punto anterior, junto con la documentación acreditativa de dicha transformación.

Sexto

Revisada la documentación presentada, la nueva entidad cumple con todos los requisitos establecidos en el Decreto 32/1995, de 5 de abril, para los laboratorios oficiales de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos y el control de dichos productos en la Comunidad de Madrid.

Séptimo

Esta Dirección General de Industria, Energía y Minas considera que en la tramitación del expediente se han cumplido los trámites reglamentarios.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio, y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

Segundo

La normativa de aplicación en materia de metales preciosos se encuentra recogida en la Ley 17/1985, de 1 julio, sobre Objetos Fabricados con Metales Preciosos, modificada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social; el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Objetos Fabricados con Metales Preciosos; el Real Decreto 968/1986, de 9 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, y determinados preceptos del Reglamento de Objetos Fabricados con Metales Preciosos que dicho Real Decreto aprobó, y el Decreto 32/1995, de 5 de abril, por el que se regulan los laboratorios de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos y el control de dichos productos en la Comunidad de Madrid.

Tercero

La transformación operada en la entidad a la que hace referencia la presente Resolución se encuentra regulada por la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de sociedades mercantiles; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 3/1993, de 22 de marzo, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación.

Vistos los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones

RESUELVE

Primero

Transmitir la designación concedida al Laboratorio de Ensayo y Contraste de Metales Preciosos del Consorcio “Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid” como laboratorio oficial de la Comunidad de Madrid de ensayo y contraste de objetos fabricados con metales preciosos, por la Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de fecha 12 de junio de 1995, al Laboratorio de Ensayo y Contraste de Metales Preciosos de la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, con domicilio social en la calle Valentín Beato, número 16, 28006 Madrid, y CIF B-86554003.

Segundo

El Laboratorio de Ensayo y Contraste de Metales Preciosos de la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, queda subrogada en todos los derechos y obligaciones derivados de la Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de fecha 12 de junio de 1995, de los que era titular el consorcio del que procede.

Tercero

A efectos de lo establecido en el artículo 24 del Real Decreto 197/1988, de 22 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Objetos Fabricados con Metales Preciosos, el Laboratorio de Ensayo y Contraste de Metales Preciosos de la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, mantendrá la misma contraseña para las marcas de los punzones de garantía que el consorcio del que procede.

Cuarto

La presente Resolución mantendrá su vigencia mientras la Comunidad de Madrid conserve o incremente su actual participación sobre la entidad “Consorcio Centro de Laboratorios y Servicios Industriales de Madrid, Sociedad Limitada”, o sus órganos de gobierno. Cualquier variación a este respecto deberá comunicarse al día siguiente de producirse a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, quien ratificará, revocará o modificará los términos de la presente Resolución.

Quinto

La presente Resolución surtirá efectos el 1 de noviembre de 2012.

Contra esta Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la misma ante el excelentísimo señor Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, a 12 de diciembre de 2012.—El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

(02/310/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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