Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130214-96

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97

EDICTO

96
Juicio verbal 733 de 2012

En el procedimiento de juicio verbal número 733 de 2012 se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 240 de 2012

En Madrid, a 17 de diciembre del 2012.

El ilustrísimo señor don Sagrario Arroyo García, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 97 de los de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio declarativo verbal, promovidos por “Zurich Insurance PLC, Sucursal en España”, representada por la procuradora doña María Esther Centoira Parrondo, asistida del letrado don Carlos González Gómez, contra la comunidad de propietarios de la calle Santiago Massarnau, número 12, de Madrid, representado por la procuradora doña Macarena Rodríguez Ruiz, asistida del letrado don Alberto Martín Antón, contra “Ocaso, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros”, representada por el procurador don Antonio Ramón Rueda López, asistido de la letrada doña María Elena Garrido Cano, y contra “Santiago Massarnau Número 10, Sociedad Limitada”, en rebeldía; sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que, estimando como estimo en parte la demanda interpuesta por “Zurich Insurance PLC, Sucursal en España”, representada por la procuradora doña María Esther Centoira Parrondo, contra la comunidad de propietarios de la calle Santiago Massarnau, número 12, de Madrid, representado por la procuradora doña Macarena Rodríguez Ruiz, contra “Ocaso, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros”, representada por el procurador don Antonio Ramón Rueda López, y contra “Santiago Massarnau Número 10, Sociedad Limitada”, debo de acordar y acuerdo:

1. Condenar a “Santiago Massarnau Número 10, Sociedad Limitada”, a pagar a la actora la cantidad de 5.479,65 euros, más intereses legales y costas causadas a la actora.

2. Absolver a las codemandadas comunidad de propietarios de la calle Santiago Massarnau número 12 de Madrid y “Ocaso, Sociedad Anónima, Compañía de Seguros y Reaseguros”, de los pedimentos del suplico de la demanda, con condena a la actora en las costas causadas a las citadas codemandadas.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días desde su notificación escrita.

Para la admisión a trámite de la interposición del indicado recurso deberá la parte acompañar resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado número 97 5068 0000 13 0733 12, de la entidad “Banesto”, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite y por aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta.

Así por esta, mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Santiago Massarnau Número 10, Sociedad Limitada”, se extiende el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En Madrid, a 18 de diciembre de 2012.—Firmado.

(02/667/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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