Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 33

Fecha del Boletín 
08-02-2013

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130208-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

89
Recurso 1.153 de 2012

Don José Pedro Rubio Paterna, secretario en funciones de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Hago saber: Que en el recurso de suplicación número 1.153 de 2012 interpuesto por don David Ureña Monchón, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara, siendo recurrida “Digital Visión Disc, Sociedad Limitada”, “Condor CD, Sociedad Limitada”, “Alpha Compact Digital, Sociedad Limitada”, “Duplinter, Sociedad Anónima” y “Disco Digital Visión, Sociedad Limitada”, se ha dictado por esta Sala en fecha 15 de noviembre de 2012, sentencia número 1.261, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallamos

Que desestimando el recurso de suplicación formulado por la representación letrada de don David Ureña Monchón, contra la sentencia de 8 de julio de 2010, dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara, en autos números 546 de 2005, sobre despido, siendo partes recurridas “Digital Visión Disc, Sociedad Limitada”, “Condor CD, Sociedad Limitada”, “Alpha Compact Digital, Sociedad Limitada”, “Duplinter, Sociedad Anónima” y “Disco Digital Visión, Sociedad Limitada”, debemos confirmar y confirmamos la citada resolución. Sin costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a la fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), haciéndoles saber de que contra la misma únicamente cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha (Albacete), dentro de los diez días siguientes a la notificación de la sentencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 219 y 228 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Y para que así conste y le sirva de notificación en forma legal a “Duplinter, Sociedad Anónima” y “Alpha Compact Digital, Sociedad Limitada”, que se encuentran en ignorado paradero, expido el presente que firmo y sello en Albacete, a 27 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/2.615/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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