Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130206-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SERRANILLOS DEL VALLE

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Convocatoria juez de paz titular y sustituto

Don Antonio Sánchez Fernández, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Serranillos del Valle, ha dictado, con fecha 17 de enero de 2013, el siguiente edicto:

Convocatoria pública para el cargo de juez de paz titular y sustituto del municipio de Serranillos del Valle

Recibido escrito del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de fecha 10 de enero de 2013, por el que comunica que estando próximo a quedar vacante el cargo de juez de paz titular y sustituto de Serranillos del Valle, se requiere a este Ayuntamiento para que proceda a realizar los trámites necesarios para elegir a persona idónea para ese cargo que esté dispuesta a aceptarlo.

El procedimiento se regula en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 5 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprobado por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995.

Por el presente, resuelvo:

Aprobar la convocatoria pública para cubrir la vacante de juez de paz titular y juez de paz sustituto de este municipio, que se ajustará a las siguientes bases:

Primera.—Los/las vecinos/as de este municipio que estén interesados/as en el cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán en la Secretaría de este Ayuntamiento, sita en la plaza de España, número 1, solicitud por escrito en el plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, acompañada de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:

— Que no ha sido condenado por delito doloso o, en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.

— Que no está procesado o inculpado por delito doloso.

— Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

— Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.

— Que no está incurso en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 y 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.

Segunda.—La presente convocatoria se hará pública mediante edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, tablón de anuncios de este Ayuntamiento, tablón de anuncios del Juzgado de primera instancia de Navalcarnero y tablón de anuncios del Juzgado de paz de esta localidad.

Tercera.—Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre para la elección de la persona idónea de entre las interesadas, con el quórum de la mayoría absoluta.

Serranillos del Valle, a 17 de enero de 2013.—El alcalde-presidente, Antonio Sánchez Fernández.

(03/2.406/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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