Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130122-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Demanda 400 de 2012

Doña Raquel Paz García de Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 400 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Bravo Núñez, contra las empresas “Inmobiliaria Fem, Sociedad Anónima”, “Unidad Actuación 3, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda por despido y reclamación de cantidad interpuesta por don Antonio Bravo Núñez, vengo a declarar la improcedencia de su despido y, en consecuencia, condeno solidariamente a las empresas demandadas “Inmobiliaria Fem, Sociedad Anónima”, y “Unidad Actuación 3, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos legales oportunos, para que, a su opción, readmitan al demandante en las mismas condiciones anteriores al despido o le indemnicen con la cantidad de 29.049 euros, con abono en el supuesto de que opten por la readmisión de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia a razón de 60,05 euros diarios. Asimismo, ha de condenarse a las demandadas al abono de la cantidad de 3.992,20 euros, con más el 10 por 100 de mora que corresponda en concepto de liquidación.

La opción antes dicha deberá realizarse ante la oficina de este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de esta sentencia.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado con el número 2506, acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto” a nombre de este Juzgado la cantidad objeto de condena, o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.

Cuenta donde se deberá hacer el ingreso, indicando como beneficiario al Juzgado de lo social número 8 de Madrid: bien, directamente, en cualquier sucursal de “Banesto”, en la cuenta número 2506/0000/65, y el resto, hasta veinte dígitos, completar con ceros y, al final, el número de procedimiento y año; o bien, mediante transferencia bancaria a la cuenta número 0030/1033/40/00000/00000, en “Concepto” indicar cuenta número 2506/0000/65, y el resto, hasta veinte dígitos, completar con ceros y, al final, el número de procedimiento y año.

Si se realiza ingreso de condena, el dígito de control será el 67.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o de decreto cuando ponga fin al proceso o resuelva un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inmobiliaria Fem, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/41.552/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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