Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2013

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130116-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ESTREMERA

RÉGIMEN ECONÓMICO

43
Notificación colectiva tributos cobro periódicos

De conformidad con lo previsto en los artículos 63.2 y 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificación colectiva de los tributos de cobro periódicos por recibo del ejercicio 2013, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento de Estremera, sita en la plaza Juan Carlos I, número 1, 28595 Estremera (Madrid), así como en las entidades bancarias autorizadas, en las fechas siguientes:

Del 18 de abril al 20 de junio de 2013:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.

Del 18 de octubre al 20 de diciembre de 2013:

— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica.

— Impuesto sobre actividades económicas.

Los padrones correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio de período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora, y en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En Estremera, a 19 de diciembre de 2012.—El alcalde-presidente, José Carlos Villalvilla López; por ausencia, el segundo teniente de alcalde, Antonio Martínez.

(02/10.005/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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