Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
10-01-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130110-64

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

64
Plan Especial calle Príncipe Vergara, 26

Expediente: 711/2011/20400.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de octubre de 2012, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el período de información pública por doña María de los Ángeles Marín López, en representación de la comunidad de propietarios de la calle Príncipe de Vergara, número 30, de conformidad con el informe técnico y jurídico de la Subdirección General de Edificación de 18 de septiembre de 2012.

Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para el local sito en el edificio de la calle del Príncipe de Vergara, número 26, Distrito de Salamanca, promovido por “Vado-Lerín, Sociedad Limitada”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Cuarto.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo advirtiéndoles de los recursos que procedan, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que este acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

Normas de aplicación

1.1. Condiciones generales.—El local considerado está regido por el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 y está sujeto al cumplimiento de las condiciones particulares de la zona 1, grado 3.o, nivel C.

Es de aplicación, igualmente, la Modificación Puntual de 8 de mayo de 2008 de los artículos 8.1.22, 8.1.23 y 8.1.28.

1.2. Régimen de obras.—Obras admisibles: todo tipo de obras, según artículo 8.1.5 del Plan General.

Ámbito y definición: son de aplicación las condiciones establecidas en el artículo 8.1.22, apartado b), por tratarse de una edificación que se encuentra situada fuera del área de movimiento de la manzana, en grado tercero.

Edificación complementaria, ya que está unida a la edificación principal y situada en la misma parcela, desarrolla su edificabilidad en parte en el patio de manzana y tiene más de una planta de altura.

1.3. Régimen de usos:

— Uso cualificado según norma zonal 1, grado 3, nivel C.

— Usos asociados sometidos a las disposiciones reguladas en las condiciones generales de los usos compatibles del artículo 7.2

— Usos complementarios según artículo 8.1.30.

— El uso complementario será el de oficina en planta baja y primera.

— Uso de garaje aparcamiento en bajo rasante, permitido según artículo 8.1.26.

Según modificación del artículo 8.1.28 se autoriza el cambio de uso.

Madrid, a 3 de diciembre de 2012.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/9.880/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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