Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3
Sección 1.4.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130104-18
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I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Intentada por dos veces la notificación en el domicilio de su destinataria, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, de la Orden 11454/2012, de 8 de noviembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se resuelve la reclamación presentada, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
Por ello, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
De conformidad con el artículo 61 del mismo texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada Orden pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos de la interesada, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, en las dependencias del Área de Recursos de la Subdirección General de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, sita en la calle Alcalá, número 32, primera planta de Madrid, en el horario comprendido entre las nueve y las catorce y treinta, de lunes a viernes.
La Orden objeto de la presente notificación pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su comparecencia o, en su caso, una vez finalizado el plazo señalado al efecto sin que se haya producido la misma, a tenor de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, podrá formular recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su comparecencia o, en su caso, una vez finalizado el plazo señalado al efecto sin que se haya producido la misma. Todo ello, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Madrid, a 14 de diciembre de 2012.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, Natalia Romero Frigols.
(03/41.932/12)