Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
03-01-2013

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130103-164

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN A JUICIO Y A INTERROGATORIO

164
Ceses en general 1.157 de 2012

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 41 de Madrid.

Asunto en que se acuerda: juicio número 1.157 de 2012, promovido por don Alberto Llamas García, sobre despido.

Personas y empresa que se cita: don Carlos Hernán Jiménez, “Transportes Carlos Hernán, Sociedad Limitada”, y doña María Belén Coca Gutiérrez, en concepto de parte demandada en dicho juicio.

Objeto de la citación: asistir a los actos de conciliación y juicio y, en su caso, responder al interrogatorio.

Lugar y fecha en los que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la calle Princesa, número 3, Sala de vistas número 10, ubicada en la planta décima, el día 22 de enero de 2013, a las diez y cuarenta horas.

Advertencias legales

1. Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento (artículo 59 de la Ley de la Jurisdicción Social).

2. Deben concurrir a juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

3. Si pretenden comparecer en el juicio asistidos de abogado o representados por procurador o graduado social colegiado deben manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

4. Si no comparecen, y no justifican el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que les perjudiquen (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, en relación con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción Social), además de imponerles, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros (artículos 304 y 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

5. La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada, que se encuentra en ignorado paradero.

Las personas y la empresa citadas pueden examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.

Auto de acumulación de fecha 7 de noviembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda la acumulación a los presentes autos número 1.157 de 2012 de los que se sigue también en este Juzgado con el número de despido 1.205 de 2012, discutiéndose en un solo proceso y decidiéndose en una sola resolución las cuestiones planteadas en todos ellos.

Decreto de subsanación de fecha 11 de diciembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se acuerda subsanar la omisión advertido en el decreto de fecha 8 de octubre de 2012 y auto de acumulación de fecha 7 de noviembre de 2012, debiendo figurar como demandados don Carlos Hernán Jiménez, “Transportes Carlos Hernán, Sociedad Limitada”, y doña María Belén Coca Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Transportes Carlos Hernán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de diciembre de 2012.—El secretario judicial.

(03/40.829/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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