Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 298
Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121214-20
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Examinada la solicitud de permuta de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Collado Villalba (Madrid), se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Las vías pecuarias del término municipal de Collado Villalba se encuentran clasificadas por Real Orden de 8 de mayo de 1930.
La “Cañada Real Segoviana” se encuentra afectada por la segunda modificación de la clasificación aprobada por Orden Ministerial de 23 de mayo de 1950, publicada en el “Boletín Oficial de la Provincia” de 6 de junio del mismo año, y por la tercera modificación de la clasificación aprobada por Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1975, publicada en el “Boletín Oficial de la Provincia” de 13 de enero de 1976.
Asimismo, las vías pecuarias del término municipal de Collado Villalba se encuentran deslindadas mediante Resolución de 14 de agosto de 1951, de la Dirección General de Ganadería.
Segundo
Con fecha de registro de 22 de diciembre de 2011 tiene entrada solicitud del Ayuntamiento de Collado Villalba de permuta de los terrenos pertenecientes a la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana” en su colindancia con la parcela del futuro hospital de Collado Villalba, con objeto de crear un acceso al mismo, aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento, de 24 de noviembre de 2011.
Tercero
Con fecha de registro de salida de 3 de febrero de 2012 se realiza el trámite de consultas previas a las Administraciones y Organismos previstos en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.
Por Acuerdo de 26 de marzo de 2012, de esta Dirección General, se acuerda el inicio del expediente de permuta de terrenos de la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Collado Villalba (Madrid), publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 98, de 25 de abril de 2012.
El expediente es sometido al trámite de información pública mediante Acuerdo de 26 de abril de 2012, de la Dirección General del Medio Ambiente, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de mayo de 2012, y posteriormente al trámite de audiencia de los interesados.
A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, establece las normas a seguir en los procedimientos de desafectación y permuta del dominio público pecuario en los artículos 20 y siguientes.
Segundo
El artículo 22 de la citada Ley 8/1998 establece que la Consejería competente en materia de vías pecuarias podrá permutar los terrenos desafectados de las mismas. En este sentido, el artículo 20 establece que el dominio público pecuario perderá su condición de bien demanial de la Comunidad de Madrid mediante el oportuno expediente de desafectación que resolverá el Consejo de Gobierno.
Tercero
El plazo para resolver el procedimiento administrativo de desafectación será de un año a partir de este Acuerdo de Inicio, tal y como establece la Ley 8/1998, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cuarto
Con fecha de registro de salida de 11 de junio de 2012 se realiza el trámite de consultas previas a las Administraciones y Organismos previstos en la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la referida Ley 8/1998.
Quinto
La autoridad competente para resolver el presente expediente de desafectación es el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la citada Ley 8/1998. En consecuencia, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, esta Dirección General del Medio Ambiente
ACUERDA
El inicio del expediente de desafectación de 13.545,05 metros cuadrados de terrenos pertenecientes a la vía pecuaria “Cañada Real Segoviana”, en el término municipal de Collado Villalba (Madrid), para su posterior permuta.
Madrid, a 16 de noviembre de 2012.—El Director General del Medio Ambiente, Juan José Cerrón Reina.
(03/40.418/12)