Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 295

Fecha del Boletín 
11-12-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

127
Demanda 793 de 2012

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 793 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Sánchez Guerrero, don Luis Guillermo Vicioso Ángel, don Alberto Magdaleno Serrano, don Jorge Iván Ramos Pérez, don Mohamed Benady, don Mohammed Tabakkouht, don Juan Pedro Pérez Díaz, don Ali Afakir, don Julián Fuentes Barajas y don Ahmed Belhaj, contra Ayuntamiento de Torrelodones y “Lorty, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo parcialmente la demanda de los diez actores, y declaro que la extinción de la relación laboral de todos ellos constituye un despido improcedente, con fecha de efectos de 31 de mayo de 2012, a excepción de don Julián Fuentes Barajas, cuya fecha de efectos es el 5 de junio de 2012.

Asimismo, declaro extinguidas las relaciones laborales de cada uno de los actores, con fecha de efectos de esta sentencia.

En consecuencia, condeno a la empresa “Lorty, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, y a que abone:

A don Luis Guillermo Vicioso Ángel, la cantidad de 18.411,53 euros en concepto de indemnización.

A don José Luis Sánchez Guerrero, la cantidad de 6.311,25 euros en concepto de indemnización.

A don Alberto Magdaleno Serrano, la cantidad de 13.859,36 euros en concepto de indemnización.

A don Ahmed Belhaj, la cantidad de 6.581,52 euros en concepto de indemnización.

A don Jorge Iván Ramos Pérez, la cantidad de 4.971,04 euros, en concepto de indemnización.

A don Mohamed Benady, la cantidad de 22.852,62 euros en concepto de indemnización.

A don Mohamed Tabakkouht, la cantidad de 6.311,25 euros en concepto de indemnización.

A don Juan Pedro Pérez Díaz, la cantidad de 11.575,91 euros en concepto de indemnización.

A don Julián Fuentes Barajas, la cantidad de 61.539,23 euros en concepto de indemnización.

Declaro la responsabilidad subsidiaria de Fondo de Garantía Salarial, que abonará a cada uno de los trabajadores las cantidades anteriormente señaladas, con el límite legalmente establecido.

Absuelvo al Ayuntamiento de Torrelodones de las pretensiones de la demanda.

Esta sentencia podrá ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado anunciando la interposición del recurso.

Junto con el anuncio de recurso deberá justificar la consignación del depósito de 300 euros en la cuenta de este Juzgado, número 2512 en la oficina de “Banesto”, que se encuentra en la primera planta del edificio de estos Juzgados. Asimismo, si el recurrente no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita, deberá acreditar al anunciar el recurso de suplicación haber consignado en la entidad bancaria señalada, y en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario, de duración indefinida y pagadero al primer requerimiento, emitido por entidad de crédito.

Como en este caso se trata de una condena solidaria, la obligación de consignación o aseguramiento alcanzará a todos los codemandados con tal carácter, salvo que la consignación o el aseguramiento, aunque efectuado solamente por alguno de los condenados, tuviera expresamente carácter solidario respecto de todos ellos para responder íntegramente de la condena que pudiera finalmente recaer frente a cualquiera de los mismos.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lorty, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de noviembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.185/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121211-127