Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
30-11-2012

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121130-20

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

20
ORDEN 3221/2012, de 7 de noviembre, por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Los Almorchones”, número 197 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (CUP) de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Navacerrada.

Examinado el expediente de deslinde del monte demanial denominado “Los Almorchones”, número 197 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, propiedad de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Navacerrada, con todas las actuaciones realizadas, visto que en su tramitación y ejecución se ha cumplido lo establecido en la legislación vigente y, visto el informe-propuesta del Jefe del Área de Desarrollo del Plan Forestal, con la conformidad del Director General del Medio Ambiente, y en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 33/2012, de 16 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en relación con el Decreto 109/2012, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Primero

Aprobar el deslinde del monte “Los Almorchones”, número 197 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid, situado en el término municipal de Navacerrada, perteneciente a la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las actas, registro topográfico y plano que figuran en el expediente de deslinde, quedando el monte con la descripción siguiente:

Comunidad Autónoma: Madrid.

Número del catálogo: 197.

Nombre: “Los Almorchones”.

Término municipal: Navacerrada.

Pertenencia: Comunidad de Madrid.

Límites:

— Norte: Finca particular cuya titular catastral es la sociedad “Estación Alpina de Cotos, Sociedad Anónima”, con la que limita mediante la línea jurisdiccional entre los términos municipales de Navacerrada y Manzanares el Real y Monte de Utilidad Pública, número 198 “Ladera de Matalpino”, propiedad de la Comunidad de Madrid, con el que limita mediante un único vértice.

— Este: Finca particular cuyo titular catastral es la sociedad “Las Laderas de Becerril, Comunidad de Bienes”, mediante la línea jurisdiccional entre los términos municipales de Navacerrada y Becerril de la Sierra.

— Sur: Finca particular propiedad de la “Congregación de Los Legionarios de Cristo”, arroyo de las Becedillas, cuyo titular catastral es la Confederación Hidrográfica del Tajo y finca particular cuyo titular catastral es la “Fundación de Ayuda contra la Drogadicción”.

— Oeste: Río Navacerrada y arroyo de La Maliciosa, cuyo titular catastral es la Confederación Hidrográfica del Tajo y Monte de Utilidad Pública número 24 “Pinar de La Barranca”, propiedad del Ayuntamiento de Navacerrada.

Descripción de linderos:

El monte “Los Almorchones” se sitúa al Noreste del término municipal de Navacerrada. Se accede al mismo por la carretera que va de Cerceda a Colmenar Viejo, de la que sale una pista forestal a la izquierda que sigue en dirección al Valle de la Barranca.

Se lleva a cabo la definición del perímetro exterior del monte mediante la colocación de un total de 66 piquetes, incluyendo los piquetes 36 bis y 37 bis.

El lindero Norte comienza en el piquete de deslinde número 36 bis donde se inicia la colindancia del monte con los terrenos de la “Estación Alpina de Cotos, Sociedad Anónima, titular catastral de la parcela número 39 del polígono 13, del término municipal de Manzanares el Real.

En este tramo, el límite del monte viene descrito por las alineaciones rectas entre piquetes, coincidentes con la divisoria de aguas y con la trayectoria de la línea jurisdiccional de término, entre los términos municipales de Navacerrada y Manzanares el Real.

Desde el piquete número 36 bis, situado sobre la línea jurisdiccional de los términos de Manzanares el Real y Navacerrada, el límite del monte continúa en dirección Suroeste y en coincidencia con dicha línea de término, discurriendo siempre en alineaciones rectas consecutivas entre los piquetes número 37 bis hasta llegar al piquete número 40, situado sobre la divisoria de aguas coincidente con la línea jurisdiccional de término. Los piquetes del número 37 bis al número 40 coinciden con los piquetes del número 13 al número 16 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”, coincidiendo los piquetes número 37 bis y número 40 con los mojones de término número 5 y número 4 de la línea jurisdiccional de Navacerrada y Manzanares el Real, respectivamente. Desde el piquete número 40, el límite del monte cambia de dirección hacia el Sureste y continúa por la divisoria de aguas que coincide con la línea jurisdiccional, dejando atrás los piquetes número 41, número 42 y número 43 hasta llegar al piquete número 44, localizado en el vértice geodésico del pico de La Maliciosa, coincidiendo, además, el límite en este tramo con las alineaciones rectas consecutivas entre piquetes. Los piquetes número 41 y número 44 coinciden con los piquetes número 17 y número 18 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”, respectivamente. Además de esto, los piquetes del número 40 al número 42 y el piquete número 44 coinciden con los mojones de término número 4, número 3, número 2 y número 1(M4T) de la línea jurisdiccional de Navacerrada y Manzanares el Real, respectivamente. Todos los mojones de la línea de término son cruces grabadas en piedra. En el piquete número 44, coincidente con el vértice geodésico “La Maliciosa”, que es común a los términos municipales de Navacerrada, Manzanares el Real, El Boalo y Becerril de la Sierra, finaliza la colindancia del monte con los terrenos de la “Estación Alpina de Cotos, Sociedad Anónima”, titular catastral de la parcela número 39 del polígono 13, del término municipal de Manzanares el Real, constituyendo, asimismo, el único vértice en común con el monte del CUP número 198 “Ladera de Matalpino”, propiedad de la Comunidad de Madrid.

El lindero Este comienza en el piquete de deslinde número 44, donde se inicia la colindancia con los terrenos de “Las Laderas de Becerril, Comunidad de Bienes”, titular catastral de las parcela números número 31, número 10.031 y número 39 del polígono 1, del término municipal de Becerril de la Sierra.

Desde el piquete número 44, el límite del monte va descendiendo en dirección Suroeste por la divisoria de aguas, coincidente con la trayectoria de la línea jurisdiccional de término entre Navacerrada y Becerril de la Sierra, pasando por el piquete número 45, situado en el pico de La Maliciosa Chica y por el piquete número 46, hasta llegar al piquete número 47, coincidiendo, además, el límite en este tramo con las alineaciones rectas consecutivas entre piquetes. Los piquetes número 45, número 46 y número 47 coinciden con los piquetes número 19, número 20 y número 21 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”; coincidiendo, además, los piquetes número 44, número 45 y número 47 con los mojones de término número 19, número 18 y número 17, respectivamente.

En el piquete número 47, el límite del monte continúa por la divisoria en dirección Suroeste, pero quebrando ligeramente hacia el Sur, pasando por los piquetes del número 48 al número 54 hasta llegar al piquete número 55, situado en una peña granítica en la que se leen las inscripciones “NA” y “BC”. Todos estos piquetes se distribuyen sobre la línea jurisdiccional de término, coincidiendo, además, con los piquetes del número 22 al número 29 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”. El límite en este tramo, además, queda definido por las alineaciones rectas consecutivas entre piquetes. De entre estos piquetes, los piquetes número 51, número 53 y número 55, además, coinciden con los mojones de término municipal de la línea de Navacerrada y Becerril de la Sierra número 16, número 15 y número 14, respectivamente.

Desde el piquete número 55, localizado en el denominado “Collado de la Becedilla”, el limite del monte sigue descendiendo por la divisoria, cambiando de dirección hacia el Sureste, hasta alcanzar en línea recta al piquete número 56, ubicado en una peña nacediza y coincidente con el mojón número 13 de la línea de término municipal y con el piquete número 30 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”. En el piquete número 56, el límite del monte continúa su trayectoria en dirección Sur, en coincidencia con la línea de término municipal, hasta llegar en línea recta al piquete número 57, punto por el que el camino existente, al que el Catastro asigna la parcela número 9.007 del polígono 1, del término municipal de Becerril de la Sierra, cuyo titular catastral es el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, penetra en el monte por su margen Norte.

Desde el piquete número 57, y avanzando en dirección Sur en línea recta por la línea de término, se localiza el piquete número 58 en la otra margen del citado camino y que llega hasta el embalse de La Maliciosa. Desde dicho piquete, el límite del monte continúa en dirección Sur y en línea recta, coincidiendo, además, con la trayectoria de la línea de término municipal, pasando por el piquete número 59, coincidente con el piquete número 31 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”, hasta llegar a los piquetes de deslinde número 60 y número 61, a través de los cuales el cauce del arroyo de la Becedilla atraviesa el monte, siendo el límite del monte la línea de término municipal, coincidiendo, además, el límite en este tramo con las alineaciones rectas consecutivas entre piquetes.

Desde el piquete número 61, situado sobre la línea de término, en la margen izquierda del arroyo de la Becedilla, el límite del monte avanza en dirección Sur, dejando atrás el piquete número 62, coincidente con el piquete número 32 del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”, hasta llegar al piquete número 63, reconocido como el mojón número 12 de la línea jurisdiccional entre los términos municipales de Navacerrada y Becerril de la Sierra, coincidiendo, además, el límite en este tramo con las alineaciones rectas consecutivas entre piquetes. A partir del piquete número 63, reconocido en una peña nacediza irregular, el límite del monte cambia de dirección hacia el Suroeste y continúa por la línea de término en esa dirección hasta el piquete número 1, pasando antes por el piquete número 64, coincidente con el mojón de término municipal número 11, situado en la Ladera del Covacho, ladera Norte de Peña Retuerta, coincidiendo, además, el límite en este tramo con las alineaciones rectas consecutivas entre piquetes. En el piquete número 1, el monte número 197 del CUP “Los Almorchones” deja de colindar con los terrenos de “Las Laderas de Becerril”, titular catastral de las parcela números 31, 10.031 y 39 del polígono 1, del término municipal de Becerril de la Sierra.

El lindero Sur comienza en el piquete número 1, situado en la base de la denominada “Peña Retuerta”, localizado sobre la línea jurisdiccional de los términos municipales de Navacerrada y Becerril de la Sierra y continúa en dirección Suroeste hasta el piquete número 7, limitando con los terrenos de “La Congregación de los Legionarios de Cristo”, que es titular catastral de las parcela números 59 y 45 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada.

Desde el piquete número 1, el límite del monte se dirige en línea recta y dirección Suroeste hasta alcanzar un punto de coordenadas X e Y (416.820,597 y 4.510.061,793), coincidente con una piedra que tiene dibujada una línea vertical de pintura amarilla. Desde este punto, en línea recta y siguiendo la misma dirección, el límite del monte alcanza el piquete número 2, localizado en la base de una gran piedra redondeada, con una línea vertical de pintura amarilla. Cabe destacar que las alineaciones rectas entre los piquetes número 1 y número 2 delimitan la parcela número catastral 59 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, cuyo titular catastral es “La Congregación de los Legionarios de Cristo”. El vallado metálico existente en este tramo de colindancia no delimita los terrenos del monte objeto de deslinde con la parcela número catastral 59 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada. Desde el piquete número 2, el límite del monte desciende en línea recta hasta alcanzar al piquete número 3, siguiendo, ahora sí, la trayectoria que describe la valla metálica que separa al monte de los terrenos de “La Congregación de los Legionarios de Cristo”, titular catastral de las parcela números catastrales 59 y 45 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada. La trayectoria que sigue el límite del monte a partir de este piquete coincide con la de la valla metálica y con las alineaciones rectas entre los piquetes.

Entre los piquetes número 3 y número 4, siguiendo la valla y en línea recta, se interrumpe la colindancia del monte con los terrenos de “La Congregación de los Legionarios de Cristo”, titular de las parcela números catastrales 59 y 45 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, debido a que el monte es atravesado entre estos piquetes por la parcela número 9.011 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, asignada por Catastro al arroyo de la Becedilla, aunque el trazado real de dicho arroyo discurre unos metros más adelante.

Desde el piquete número 4, el límite del monte reanuda su colindancia con los terrenos de “La Congregación de los Legionarios de Cristo”, titular de las parcela números catastrales 59 y 45 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, siguiendo la misma trayectoria que describe la valla metálica que delimita el monte objeto de deslinde con los terrenos de “La Congregación de los Legionarios de Cristo”, pasando por los piquetes número 5, número 6 y número 7, siendo el límite del monte, además, coincidente con la alineación recta entre los piquetes.

Cabe destacar que entre el piquete número 5 y número 6, el monte es atravesado por el cauce real del arroyo Becedillas, no contemplándose en Catastro dicha ubicación.

En el piquete número 7, finaliza la colindancia del monte con los terrenos de “La Congregación de los Legionarios de Cristo”, titular de las parcela números catastrales 59 y 45 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, y comienza la colindancia con los terrenos de “La Fundación de Ayuda Contra la Drogadicción”, titular catastral de la parcela número 55 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada. En el piquete número 7, el límite del monte cambia bruscamente de dirección dirigiéndose en línea recta hacia el Norte hasta encontrar al piquete número 8, localizado en la cara superior de una piedra de un afloramiento rocoso. Desde este piquete, el límite del monte vuelve a quebrar hacia el Oeste en línea recta, hasta llegar al eje del río Navacerrada, donde se ubica el piquete número 9 y finaliza la colindancia del monte con los terrenos de “La Fundación de Ayuda Contra la Drogadicción”, titular catastral de la parcela número 55 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada.

El lindero Oeste comienza en el piquete número 9, donde se inicia la colindancia con el río Navacerrada, ascendiendo aguas arriba por la misma trayectoria que describe el eje del río hasta llegar al piquete número 10, situado en el eje del río y punto en el que finaliza la colindancia del monte con el río Navacerrada.

Desde el piquete número 10 comienza la colindancia con el monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”, continuando el límite del monte su ascenso en dirección Noreste pasando en alineaciones rectas por los piquetes del número 11 al número 15, ubicados a lo largo del perímetro de la parcela número catastral 43 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, hasta llegar al piquete número 16, en el cual el límite del monte realiza un quiebro hacia el Noroeste.

Desde el piquete número 16, el límite del monte continúa ascendiendo en cota hasta llegar al piquete número 21, pasando en alineaciones rectas entre estos piquetes, todos ellos repartidos a lo largo del perímetro descrito por las parcela números catastrales 43 y 63 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada.

Cabe destacar que, entre los piquetes número 17 y número 18, el monte objeto de deslinde es atravesado por la parcela número catastral 9.012 del polígono 2, del término municipal de Navacerrada, cuyo titular catastral es la Confederación Hidrográfica del Tajo, a la que Catastro asigna al arroyo de La Maliciosa, pero se observa en la realidad del terreno que el cauce del arroyo de La Maliciosa está unos metros mas adelante, entre los piquetes número 19 y número 20.

A partir del piquete número 21, localizado en el pinar, a unos 30 metros de una valla metálica, continúa la colindancia del monte con el monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”, coincidiendo los piquetes de deslinde con los mojones físicos resultantes del amojonamiento del monte CUP número 24 “Pinar de la Barranca” y con los piquetes resultantes del replanteo del deslinde del monte número 24 del CUP “Pinar de la Barranca”.

Desde el piquete número 21, el límite del monte asciende hacia el Noreste pasando en línea recta entre los piquetes del número 22 al número 24, todos ellos coincidentes, respectivamente, con los mojones del número 22 al número 20 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”, hasta llegar en línea recta al piquete número 25, situado en la denominada “Cresta de las Buitreras” y coincidente con el mojón número 19 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”.

Desde este piquete, el límite del monte continúa ascendiendo por la misma trayectoria que describe la divisoria de aguas, dejando atrás al piquete número 26, localizado en lo alto del “Risco de las Buitreras”, y coincidente, además, con el mojón número 18 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”, hasta llegar al piquete número 27, situado en lo alto de un canchal. Desde este piquete, el límite del monte realiza un quiebro más acusado hacia el Noroeste, siguiendo la trayectoria descrita por la divisoria de aguas, en la que se van alcanzando los piquetes número 28, número 29 y número 30, hasta llegar al piquete número 31, localizado en la zona más nororiental de la “Cuerda de las Buitreras” y coincidente con el mojón número 15 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”.

Desde el piquete número 31, el límite del monte continua aguas arriba en dirección Noroeste por la misma trayectoria que la descrita por la divisoria de aguas hasta llegar al piquete número 32, situado en una zona menos escarpada y coincidente con el mojón número 14 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”. Desde este piquete, el límite del monte avanza aguas arriba, aproximadamente, por la trayectoria que describe la divisoria de aguas, alcanzando en línea recta al piquete número 33, coincidente con un mojón de piedra en buen estado que no porta inscripción alguna.

El límite del monte continúa en línea recta desde el piquete número 33, coincidiendo aproximadamente con la trayectoria de la divisoria de aguas, hasta llegar al piquete número 34, coincidente con el mojón número 11 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”. Desde este piquete, el límite del monte continúa en línea recta, y, siguiendo sensiblemente la divisoria de aguas, alcanza al piquete número 35, coincidente con el mojón número 10 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”. Sigue ascendiendo en cota en la misma dirección Noreste pasando por el piquete número 36, reconocido en un mojón de piedra coincidente con el mojón número 9 del amojonamiento del monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”, hasta alcanzar en línea recta al piquete número 36 bis, localizado sobre la línea jurisdiccional de los términos municipales de Manzanares el Real y Navacerrada. Entre los piquetes número 35 y número 36 bis, el límite del monte queda definido por las alineaciones rectas entre piquetes coincidiendo sensiblemente con la divisoria de aguas. En el piquete número 36 bis finaliza la colindancia del monte con el monte del CUP número 24 “Pinar de la Barranca”, de pertenencia al Ayuntamiento de Navacerrada.

Superficies:

Superficie total del monte: 322,5498 hectáreas.

Superficie enclavados: 0 hectáreas.

Superficies públicas:

— Superficie del monte: 322,5498 hectáreas.

— Superficie estimada de VVPP (según clasificación): 0 hectáreas.

— Superficie total pública: 322,5498 hectáreas.

Otras características:

El monte “Los Almorchones” está constituido por un conjunto de tres fincas colindantes entre sí, dos de ellas (Almorchones I y Almorchones III) fueron adquiridas el 28 de noviembre de 1997 y la tercera (Almorchones II), el 11 de diciembre de 1998, por la Comunidad de Madrid, en aplicación del artículo 3 de la Ley 1/1985, de 23 de enero, de Creación del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares.

Las fincas que forman el monte “Los Almorchones” número 197 del CUP de la Comunidad de Madrid fueron inscritas por título de compra, en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo número 2 (hoy en día Registro de la Propiedad de Moralzarzal) el 29 de diciembre de 1997 (Los Almorchones I), el 12 de abril de 1999 (Los Almorchones II) y el 29 de diciembre de 1997 (Los Almorchones III), con los siguientes datos:



Segundo

Gestionar la cancelación total o parcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase contradictoria con la descripción del monte.

Tercero

Dar traslado de los nuevos datos resultantes de la descripción del monte al Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid.

Cuarto

Incluir los nuevos datos resultantes de la descripción del monte en el Registro de la Propiedad de Moralzarzal.

Quinto

Proceder, a la mayor brevedad posible, al amojonamiento del monte, redactando y tramitando el correspondiente proyecto de amojonamiento.

Sexto

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la presente Orden, por la que se resuelve el expediente de deslinde del monte número 197 del CUP denominado “Los Almorchones”.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 128 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, podrán impugnar la presente Orden ante la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa, las personas afectadas que hayan intervenido como parte en el expediente de deslinde, si plantearan cuestiones de tramitación o de carácter administrativo; pero no podrá sustanciarse en dicha jurisdicción ninguna relativa al dominio o posesión del monte o cualquiera otra de naturaleza civil.

Asimismo, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la excelentísimo señor Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 7 de noviembre de 2012.

El Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, FRANCISCO DE BORJA SARASOLA JÁUDENES

(03/37.911/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121130-20