Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
22-11-2012

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121122-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 7 de noviembre de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Torres de la Alameda, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima (Ac. 128/12).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 7 de noviembre de 2012, ha examinado el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Torres de la Alameda, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de 19 de octubre de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Torres de la Alameda, promovido por el Canal de Isabel II Gestión, Sociedad Anónima, condicionado al cumplimiento de lo siguiente:

— El proyecto de ejecución para las instalaciones de suministro de agua de riego con agua reutilizable en el municipio de Torres de la Alameda está sujeto a las condiciones contenidas en los informes de la Dirección General del Medio Ambiente, de 5 de diciembre de 2011, y de la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de 18 de marzo de 2011; de la Confederación Hidrográfica del Tajo, de 1 de diciembre de 2011; de la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de 1 de diciembre de 2011, y de la Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, de 14 de diciembre de 2011.

— El proyecto de ejecución para las instalaciones de suministro de agua de riego con agua reutilizable en el municipio de Torres de la Alameda, previamente a su aprobación, deberá ser informado por la Dirección General de Carreteras y por la Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias).

— Deberá realizarse un estudio arqueológico en los términos expresados por la Dirección General de Patrimonio Histórico, en su informe de 23 de abril de 2012.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, y en www.madrid.org, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 7 de noviembre de 2012.—La Secretaria General Técnica, PDF (Resolución de 25 de octubre de 2012), el Subdirector General de Régimen Jurídico, Manuel Guisado Fuentes.

(01/3.789/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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