Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
06-11-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121106-59

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Inclusión órganos directivos

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 126.3 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el anuncio relativo a la inclusión de órganos directivos en la plantilla de “órganos directivos” del Ayuntamiento, según acuerdo aprobado por el Pleno, en sesión celebrada el 25 de septiembre de 2012, en los siguientes términos:

1.o Incluir en la plantilla de “órganos directivos” de este Ayuntamiento exclusivamente a los que a continuación se citan, y con las siguientes características:

— Denominación del órgano directivo: Dirección General de Gabinete de Alcaldía.

Personal: órgano directivo.

Forma de provisión del órgano directivo: artículo 130.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 69 del Reglamento Orgánico del Gobierno de la Administración.

— Denominación del órgano directivo: Dirección General de Desarrollo Económico, Fomento del Empleo, Comercio y Distrito Empresarial.

Personal: órgano directivo.

Forma de provisión del órgano directivo: artículo 130.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 69 del Reglamento Orgánico del Gobierno de la Administración.

— Denominación del órgano directivo: Dirección General de Planificación, Calidad y Organización.

Personal: órgano directivo.

Forma de provisión del órgano directivo: artículo 130.3 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y artículo 69 del Reglamento Orgánico del Gobierno de la Administración.

2.o Determinar las retribuciones de los órganos directivos que se relacionan:

— Denominación del órgano directivo: Dirección General de Gabinete de Alcaldía.

Retribución bruta anual: 49.500 euros.

— Denominación del órgano directivo: Dirección General de Desarrollo Económico, Fomento del Empleo, Comercio y Distrito Empresarial.

Retribución bruta anual: 42.549,81 euros.

— Denominación del órgano directivo: Dirección General de Planificación, Calidad y Organización.

Retribución bruta anual: 68.535 euros.

3.o Amortizar los actuales puestos incluidos en el cuadro de personal eventual del Ayuntamiento: “directora de Alcaldía” y “directora Desarrollo Económico, Comercio y Empleo”, una vez que se cubran los órganos directivos de similar denominación que se crean en el presente acuerdo, así como el de “directora de Área de Planificación, Calidad y Organización” una vez que se cubra el de similar denominación creado.

Los interesados podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento de Alcobendas.

En el caso de no presentarse reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivo y será recurrible ante la jurisdicción contencioso-administrativa o ante el mismo órgano que lo ha dictado mediante recurso potestativo de reposición, en los términos establecidos en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Alcobendas, a 8 de octubre de 2012.—El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.

(03/34.570/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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