Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121103-123

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

123
Ejecución 162 de 2010

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 162 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Elías Méndez Vera, contra don David García Ruiz, sobre despido, se han dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente, y auto de fecha 12 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal que a continuación se transcribe:

Sentencia número 569 de 2009

En Madrid, a 30 de noviembre de 2009.—Vistos por la magistrada-juez sustituta, refuerzo de tardes, de lo social del número 35 de los de Madrid, doña Ana Fernández Valentí, los presentes autos número D-1.458 de 2009, seguidos a instancias de don Pedro Elías Méndez Vera, que comparece asistido del letrado don Francisco Rodríguez Sánchez, y de la otra, como demandado, don David García Cruz, que no compareció al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre del Rey ha pronunciado el siguiente

Fallo

Estimo la demanda formulada por don Pedro Elías Méndez Vera y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto por parte del demandado don David García Cruz, y dada su desaparición, declaro igualmente extinguida la relación laboral que unía a las partes desde esta fecha, condenando al demandado a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 917,04 euros y por los salarios de tramitación del período 17 de septiembre de 2009 a 12 de diciembre de 2009 (ochenta y seis días por 48,91 euros/día) la cantidad de 4.206,26 euros.

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/0000/00/1458/09 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Parte dispositiva del auto de fecha 12 de marzo de 2012:

Acuerdo: Que dado el estado de las presentes actuaciones procede:

a) Aclarar la sentencia de fecha 30 de noviembre de 2009 con motivo de error de transcripción en el sentido de que el verdadero nombre del demandado es don David García Ruiz, y no don David Garca Cruz como consta con motivo de su transcripción errónea en la demanda.

b) Aclarada la sentencia, procédase a su notificación en forma al demandado correctamente identificado.

c) Una vez sea firme, tras cumplimentar el trámite anterior, el actor instará la ejecución con solicitud de declaración de insolvencia caso de no existir bienes a su nombre.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, José Antonio Capilla Bolaños.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don David García Ruiz, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.997/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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