Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
03-11-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121103-148

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PONTEVEDRA NÚMERO 4

EDICTO

148
Ejecución 168 de 2012

Doña Marina García de Evan, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Pontevedra.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 168 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Josefa Álvarez García, contra la empresa “Uni System Cleaning, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Decido: Se declara extinguida la relación laboral entre doña María Josefa Álvarez García y la entidad mercantil “Uni System Cleaning, Sociedad Limitada”. Se acuerda el pago de la siguiente indemnización y condena a las siguientes cantidades: 2.221,35 euros en concepto de indemnización, y en concepto de salarios de tramitación a devengar, hasta la fecha de la presente resolución 19,02 euros diarios.

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas acuerdo: Requerir a “Uni System Cleaning, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución y que asciende a las siguientes cantidades:

Doña María Josefa Álvarez García:

Indemnización: 2.221,35 euros.

Salarios de tramitación: 19,02 euros/día desde el alta médica (28 de marzo de 2012) hasta el 27 de septiembre de 2012, ciento ochenta y tres días: 3.480,66 euros.

Total: 5.702,01 euros.

La cantidad reclamada en la presente ejecución asciende a la suma de 5.702,01 euros de principal, más la suma de 570,20 euros calculados provisionalmente para intereses, gastos y costas.

Con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Transcurrido el plazo sin haberlo verificado, procédase a la consulta de las aplicaciones informáticas del órgano judicial para la averiguación de bienes de la ejecutada.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación y requerimiento en legal forma a “Uni System Cleaning, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Pontevedra, a 28 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.056/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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