Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
22-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121022-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52

EDICTO

82
Procedimiento ordinario 1.511 de 2008

Doña Carmen Lara Rubido, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 52 de Madrid.

Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 1.511 de 2008, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”, la sentencia dictada en el presente procedimiento en fecha 11 de junio de 2010, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña María Luisa Montero Correal, en nombre y representación de “Caixarenting”, contra “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”, debo declarar resuelto, por incumplimiento de “Construcciones Rolmar, Sociedad Anónima”, los contratos de “renting” de vehículos acompañados como documentos números 2, 4 y 6 a la presente demanda.

Debo condenar y condeno a “Construcciones Romar, Sociedad Anónima”, a la devolución de los bienes arrendados, objeto de los anteriores contratos de arrendamiento. Al pago de las rentas impagadas vencidas hasta la fecha en la que resulte firme la resolución judicial de los contratos más sus correspondientes intereses de demora. Al pago del 60 por 100 del importe de rentas comprendidas entre la fecha en la que resulte firme la resolución judicial de los contratos y la convenida fecha de terminación de los mismos.

Con expresa imposición de costas a la demandada.

En Madrid, a 25 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(02/7.860/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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