Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
18-10-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121018-213

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE IBIZA NÚMERO 1

EDICTO

213
Autos 93 de 2012

Doña Teresa María Ballester Manresa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Ibiza/Eivissa.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 93 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Vicente Pincay Cevallos, contra las empresas “Sistemvoloplac, Sociedad Limitada”, y “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimando como estimo la demanda interpuesta por don Luis Vicente Pincay Cevallos, frente a “Sistemvoloplac, Sociedad Limitada”, y “Assignia Infraestructuras, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno solidariamente a ambas demandadas a que abonen al actor la cantidad de 2.697,25 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Asimismo, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor y declarar la extinción de la relación laboral con fecha 21 de diciembre de 2011, condenando a la empresa demandada “Sistemvoloplac, Sociedad Limitada”, a que abone al trabajador en concepto de indemnización la cantidad de 614,12 euros, y como salarios de tramitación el importe de 6.708,80 euros.

Debo imponer e impongo a las empresas demandadas una multa de 600 euros a cada una de ellas.

Notifíquese la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles de que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley de Procedimiento Laboral, cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, anunciándolo ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución, debiendo, en el caso de que la demandada sea la recurrente, consignar en la cuenta número 0493/0000/61/0093/12 de “Banesto” la cantidad objeto de condena, y en la cuenta número 0493/0000/65/0093/12 de “Banesto” la cantidad de 300 euros. Firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sistemvoloplac, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Ibiza/Eivissa, a 7 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.328/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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