Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
06-10-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121006-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

128
Ejecución 193 de 2012

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 193 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Geoconda Elizabeth Chicaiza Carpio, contra la empresa “Alanar 2010, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de ejecución del tenor litera siguiente:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Ángel Luis del Olmo Torres.—En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución a favor de la parte ejecutante doña Geoconda Elizabeth Chicaiza Carpio, frente a la ejecutada “Alanar 2010, Sociedad Limitada”, por un principal de 14.413,74 euros, más 864,82 euros de intereses y 1.441,37 euros de costas.

Contra el auto que resuelva la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días siguiente a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). Adviértase que quien no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, para recurrir será preciso la consignación como depósito de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta con el número 2523 en “Banesto”, indicando el número de procedimiento, y acompañando justificante bancario a tal fin.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alanar 2010, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.378/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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