Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 230

Fecha del Boletín 
26-09-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120926-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA

RÉGIMEN ECONÓMICO

72
Impuesto actividades económicas 2012

Por resolución de Alcaldía número 413/2012, de 4 de septiembre, se ha aprobado el padrón y la matrícula provisional del impuesto de actividades económicas correspondiente al ejercicio 2012, que permanecerá expuesto al público en las oficinas de este Ayuntamiento durante el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La inclusión de un sujeto pasivo en la matrícula/padrón, así como su exclusión o alteración de cualquiera de sus datos, constituyen actos administrativos contra los que cabe interponer en el plazo de un mes, a contar desde que finalice el período de exposición al público de los padrones, recurso de reposición ante la Agencia Española de Administración Tributaria (AEAT).

Por otro lado, el cobro en período voluntario de este impuesto abarca desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de este año, ambos incluidos, pudiendo realizarse el pago en cualquier oficina de “Bankia” (“Caja Madrid”), “Banesto” y “La Caixa de Pensiones de Barcelona”, en las cuentas corrientes restringidas a nombre del Ayuntamiento, entre las fechas anteriormente referenciadas.

El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda correspondiente, abrirá la vía ejecutiva, con el consiguiente recargo de apremio y de los intereses de demora.

Lo que se hace público, en cumplimiento de la legislación vigente y para general conocimiento.

Villamanta, a 4 de septiembre de 2012.—El alcalde-presidente, Pedro Luis Dorado del Álamo.

(02/7.112/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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