Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
12-09-2012

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120912-28

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

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Expedientes sancionadores

Habiéndose intentado la notificación en los domicilios de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 18 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/07727, contra S. R. G., por la realización en la Cañada Real Galiana, número 39 de actuaciones de implantación y ejercicio de actividad sin licencia o no ajustada a la misma.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 9 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/04234, contra M. T. M., por la realización en la carretera de Colmenar, número 13, de implantación de actividad sin licencia o no ajustadas a la misma.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 9 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/05062, contra H. C. G., por la realización en la calle de Uceda, número 32, de actuaciones sin licencia o no ajustadas a la misma.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 9 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/09445, contra F. T. V., por la realización en la calle de Babilonia, número 9H, de actuaciones sin licencia o no ajustadas a la misma.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 10 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/05013, contra P. M. O., por la realización en la avenida del Montecarmelo, número 17, de actuaciones sin licencia o no ajustadas a la misma.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 10 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/05037, contra F. J. D. S., por la realización en la calle del Concejal Francisco José Jiménez Martín, número 54, de actuaciones sin licencia o no ajustadas a la misma.

— El director general de Control de la Edificación ha dictado, con fecha 10 de julio de 2012, resolución por la que dispone la ampliación del plazo para tramitar el expediente por un tiempo de seis meses, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la LRJPAC del expediente sancionador número 711/2012/04871, contra M. P. M., por la realización en la calle de Belalcazar, número 3, de actuaciones sin licencia o no ajustadas a la misma.

Significándole que la anterior resolución no es susceptible de recurso por tratarse de un acto de mero trámite.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificarle la citada resolución. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando no obstante que el contenido de la notificación podrá ser consultado por el interesado en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle de Guatemala, número 13.

Madrid, a 24 de agosto de 2012.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Julio César Santos García.

(01/2.911/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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