Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212
Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120905-63
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID
OTROS ANUNCIOS
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por haber resultado infructuosos los intentos de notificación individualizada, se hace público lo siguiente:
La Policía Local está tramitando expediente sancionador contra los titulares de los vehículos abajo reseñados, por presumirse que se encontraban en situación de abandono, de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Los vehículos retirados son los siguientes:
Número de expediente. — Matrícula. — Marca y modelo. — Titular
VA. 64/12. — M-8785-PT. — Peugeot 106. — Citores Millán, Rubén.
VA. 60/12. — Bastidor CH4104641. — No consta. — Jone Geovanny Andrade Hernández.
VA. 80/12. — 8911BJZ. — BMW 520 I. — Ruiz Vales, Constantino.
VA. 82/12. — 5089BGK. — Hyundai Coupe. — Blanco Vanegas, Álvaro Arturo.
VA. 84/12. — 4569FDK. — Ford Transit. — Jamusi, Sociedad Limitada.
VA. 85/12. — M-9369-OW. — Renault 21. — Montaño Navarro, Ángela.
VA. 91/12. — 8102BFP. — Citroën Jumper. — Hernández Carvajal, Raúl Antonio.
VA. 98/12. — OU-1519-P. — Citroën Xantia. — Mihai Manole, Eugen.
VA. 101/12. — LU-4845-X. — BMW 525. — Ciuntea Elana, Madalina.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.1 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, se les requiere para que en el plazo de un mes, contados a partir del siguiente al de publicación de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, procedan a la subsanación de la situación de abandono de los vehículos, con expresa advertencia de que si no lo hicieran se procedería a su tratamiento como residuos sólidos urbanos, siendo de aplicación a los titulares de los mismos a efectos de sanción, lo dispuesto en la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.
Rivas-Vaciamadrid, 20 de julio de 2012.—La concejala de Seguridad Ciudadana, Yaiza García Reca.
(02/6.444/12)