Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
21-08-2012

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120821-6

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2012, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se modifica la Resolución de 20 de abril de 2007, de la Viceconsejería de Educación, por la que se dictan instrucciones de organización y funcionamiento de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid.

Mediante Resolución de 20 de abril de 2007, de la Viceconsejería de Educación, se dictaron instrucciones de organización y funcionamiento de la Inspección Educativa de la Comunidad de Madrid.

Transcurridos cinco años de aquella fecha, y en un contexto de cambios sociales acelerados, la Consejería de Educación ha venido realizando una firme apuesta por la calidad y la excelencia de nuestro sistema educativo que, entre otros aspectos, se está concretando en el impulso de determinados planes, proyectos y programas de innovación orientados a lograr una mejor respuesta a las demandas educativas de la sociedad madrileña.

El carácter estratégico de los referidos planes, proyectos y programas aconseja someter su desarrollo a una estricta supervisión por parte de la Administración educativa, por lo que parece oportuno encomendar esa supervisión de forma directa a la Subdirección General de Inspección Educativa.

Por todo ello, y en uso de las competencias atribuidas a esta Viceconsejería por el artículo 4, apartado 1.c), del Decreto 149/2011, de 28 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo,

RESUELVO

Apartado Único

Modificación de la Resolución de 20 de abril de 2007.

A la instrucción primera del Anexo de la citada Resolución de 20 de abril de 2007 se le añadirá un apartado k), redactado de la siguiente forma:

“k) Supervisar, a través del Área de Evaluación, la implantación y el funcionamiento de aquellos planes, proyectos y programas educativos que, en virtud de su carácter estratégico o innovador, determine la Viceconsejería de Organización Educativa, así como, en su caso, de los centros que tengan encomendado su desarrollo o alguna de sus enseñanzas”

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 31 de julio de 2012.—La Viceconsejera de Organización Educativa, Carmen Pérez-Llorca Zamora.

(03/28.389/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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