Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
18-08-2012

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120818-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

61
Juicio de faltas 166 de 2012

El secretario del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 166 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Vistos por don Antonio Viejo Llorente, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 166 de 2012, seguidos por lesiones, en los que han sido partes, además del ministerio fiscal: doña Ángela Daniel Pires Martín, doña Sally Estefanía Garín Duque y don Fabrizio Alfonso Maldera, en calidad de denunciantes, y como denunciados, don Javier Llorente Jiménez y don David Osorio Hernández, convengo en señalar lo siguiente:

Que debo absolver y absuelvo libremente a don Javier Llorente Jiménez y don David Osorio Hernández de los hechos objeto del presente procedimiento, declarando de oficio las costas del mismo.

Notifíquese a las partes en la forma prevista por el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado, por escrito, en la forma prevista en los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Ángela Daniel Pires Martín, doña Sally Estefanía Garín Duque y don Fabrizio Alfonso Maldera, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 17 de julio de 2012.—El secretario (firmado).

(03/26.549/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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