Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120807-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Aprobación definitiva retribuciones miembros corporación

De conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y adoptado el acuerdo plenario, en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de julio de 2012, por el que se aprobaba definitivamente el presupuesto de la Entidad para el ejercicio de 2012 junto con su anexo de personal y sus bases de ejecución, se hace público, concretamente su base 27 “Retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación”, siendo esto lo siguiente:

“Las retribuciones e indemnizaciones de los miembros de la Corporación serán las siguientes:

a) Retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva total o parcial.

En cumplimiento de lo regulado en el artículo 7 del Reglamento Orgánico aprobado inicialmente por el Pleno Municipal en sesión ordinaria celebrada el día 22 de noviembre, habiéndose elevado dicho acuerdo a definitivo al no haberse presentado ninguna reclamación y publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con fecha 3 de febrero de 2012, se relacionan los cargos que ejercen o podrán ejercer su responsabilidad en régimen de dedicación exclusiva total o parcial, así como las retribuciones individuales que les correspondan en atención a su cargo:

Cargos con dedicación exclusiva:

— Alcaldía, con una retribución de 50.371,02 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Deportes, Educación e Infancia, con una retribución anual de 46.136,44 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Comunicación, Cultura y Urbanismo, con una retribución de 46.136,44 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Mayores, Mujer y Servicios Sociales, con una retribución de 39.738,44 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Patrimonio y Vivienda, Agricultura, Transporte y Movilidad, con una retribución de 39.738,44 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Formación y Empleo, con una retribución de 39.738,44 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Juventud y Festejos, con una retribución de 39.738,44 euros anuales.

— Concejalía-Delegada de Medio Ambiente, Salud y Consumo, con una retribución de 39.738,44 euros anuales.

Cargos con dedicación parcial:

— Concejalía-Delegada de Hacienda, Infraestructuras, Seguridad y Protección Civil, con una retribución de 39.215,97 euros anuales, por desarrollar funciones correspondientes al Área delegada, con una dedicación mínima de treinta y cuatro horas semanales.

— Concejalía-Delegada de Industria y Fomento, Economía y Planificación, con una retribución anual de 39.215,97 euros anuales por desarrollar funciones correspondientes al Área delegada con una dedicación mínima de treinta y cuatro horas semanales.

— Concejalía-Delegada de Obras y Servicios, con una retribución anual de 39.215,97 euros por desarrollar funciones correspondientes al Área delegada, con una dedicación mínima de treinta y cuatro horas semanales.

— Portavoz del grupo municipal de la oposición con una retribución anual de 33.820,17 euros, por la portavocía de grupo municipal de la oposición por el desarrollo de la función de fiscalización y control de los órganos de Gobierno, con una dedicación mínima de treinta y cuatro horas semanales.

b) Retribuciones de los miembros de la Corporación sin dedicación exclusiva o preferente.

Los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva o preferente percibirán por asistencia efectiva a los órganos colegiados del Ayuntamiento y por los importes que a continuación se relacionan, según el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de junio de 2011:

— Comisiones informativas: 100 euros por asistencia.

— Juntas de Gobierno: 195 euros por asistencia.

— Plenos: 250 euros por asistencia.

— Otros órganos colegiados de los que forme parte: 195 euros por asistencia”.

Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el presente acuerdo a los efectos de su general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Paracuellos de Jarama, a 2 de agosto de 2012.—El alcalde en funciones (firmado).

(03/27.650/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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