Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120807-198

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

198
Demanda 1.403 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.403 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mourad El Majjaoui, contra las empresas “Ingeniería, Promoción, Mantenimiento e Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Especialidades Eléctricas, Sociedad Anónima”, y “Cobra Instalaciones y Servicios Internacional, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 27 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 311 de 2012

En Madrid, a 27 de junio de 2012.—Doña Begoña García Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 28 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Mourad El Majjaoui, que comparece asistido por el letrado don David Alberto Pozuelo Roldán, y de otra, como demandadas, “Ingeniería, Promoción, Mantenimiento e Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, “Especialidades Eléctricas, Sociedad Anónima”, que no comparen, y “Cobra Instalaciones y Servicios Internacional, Sociedad Limitada”, que comparece representada y asistida por la letrada doña Leticia Bejarano Rúa, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Que estimo la demanda formulada por don Mourad El Majjaoui, frente a “Ingeniería, Promoción, Mantenimiento e Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, y “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y condeno solidariamente a dichas demandadas a que abonen al actor la suma de 11.335,62 euros por los conceptos relacionados en el ordinal cuarto de la presente resolución. Dicha cantidad será incrementada en un 10 por 100 de interés anual por mora.

Se absuelve a “Especialidades Eléctricas, Sociedad Anónima” (ESPELSA), y a “Cobra Instalaciones y Servicios Internacional, Sociedad Limitada”, de las pretensiones deducidas en su contra.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, debiendo anunciarse ante este Juzgado de lo social, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2526 en “Banesto”, sucursal sita en la calle Princesa, número 2, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Ingeniería, Promoción, Mantenimiento e Instalaciones Eléctricas, Sociedad Limitada”, y “Promainge Instalaciones y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 4 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.292/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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