Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
06-08-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120806-151

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

151
Ejecución 32 de 2012

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 32 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gabriela Vatkova Stoycheva Georgieva, doña Ionela Serbaneci, don Ioan Badan, doña Dana Lavinia Pitran, don Dan Matei, don Krasimir Petrov Kaloyanov, doña Anelya Stoyanova Ilieva y don Sankoun Square, contra la empresa “Táurum Foods Mediterráneo, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo del bien inmueble que se describe:

Urbana.—Parcela número 24-25-27-28-20-30, del Proyecto de Compensación de la Unidad de Ejecución número 14 del suelo urbano “Los Calahorros IV”, calle Gardenia, número 6, en término de Humanes de Madrid. Tiene una superficie de 6.000 metros cuadrados. Sobre la misma se ha construido y terminado una nave industrial aislada, desarrollada en planta baja y planta primera. La planta baja está destinada a recepción, conservación y elaboración de productos cárnicos y sala de máquinas. En la alta se encuentran las zonas de administración y almacenaje. La planta baja tiene una superficie útil de 3.194,64 metros cuadrados, y construida de 3.458 metros cuadrados. La planta primera tiene una superficie útil de 991,94 metros cuadrados, y construida de 3.330,72 metros cuadrados. Finca número 16.701, inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Fuenlabrada, inscripción séptima, obrante al tomo 1.665, libro 297, folio 185.

Como propiedad de “Táurum Foods Mediterráneo, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 180.818,03 euros, más 36.162 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de doña Gabriela Vatkova Stoycheva Georgieva, doña Ionela Serbaneci, don Ioan Badan, doña Dana Lavinia Pitran, don Dan Matei, don Krasimir Petrov Kaloyanov, doña Anelya Stoyanova Ilieva y don Sankoun Square, contra “Táurum Foods Mediterráneo, Sociedad Anónima”.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

d) Se designa perito para la tasación de los bienes embargados en estas actuaciones a doña Virginia Márquez Ramírez, mayor de edad y vecina de Madrid, con domicilio en la calle Núñez de Balboa, número 93, segundo derecha, Madrid, quien en su caso, deberá comparecer en el plazo de una audiencia ante esta Secretaria para aceptar y jurar el cargo, emitiendo informe en el término de ocho días.

Póngase en conocimiento de las partes o terceros que conste tengan derecho sobre los bienes a tasar el nombramiento efectuado, para que dentro del segundo día puedan designar otro por su parte, con la prevención de que si no lo hicieran se les tendrá por conforme, practicándose únicamente el avalúo por la perito antes nombrada.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 246 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, número de cuenta corriente 2513, en “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1033/00/0000000000, indicando el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Táurum Foods Mediterráneo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.030/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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