Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 180

Fecha del Boletín 
30-07-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120730-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

140
Demanda 1.834 de 2010

Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.834 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Catalina Militaru, contra la empresa “Capine Escuela Infantil, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 25 de junio de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que llamada por el agente judicial, y no obstante estar citada en legal forma, no comparece la parte demandante para asistir a los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día de hoy, a las doce y quince horas; sí comparece la letrada de la parte demandante doña María Teresa Pastor Alonso.—Doy fe.

Decreto número 337 de 2012

En Madrid, a 25 de junio de 2012.—Vistas por mí, don David Atienza Marcos, secretario judicial sustituto del Juzgado de lo social número 37 de Madrid y su provincia, las presentes actuaciones seguidas a instancias de doña Catalina Militaru, contra “Capine Escuela Infantil, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución.

Parte dispositiva:

El anterior escrito, presentado por la letrada de la demandante doña María Teresa Pastor Alonso, de fecha 22 de junio de 2012, con entrada en este Juzgado en fecha 25 de junio de 2012, únase a los autos de su razón, estese a lo acordado en el acto del juicio.

Se tiene a la parte demandante por desistida de su demanda y archívese el procedimiento sin más trámite, dejando nota en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo saber que contra la misma podrá interponerse recurso directo de revisión mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Capine Escuela Infantil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 25 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.183/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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