Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
20-07-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120720-44

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

44
Modificación ordenanzas fiscales

El Pleno de la Corporación Municipal, en sesiones celebradas los días 20 de junio y 4 de julio de 2012, aprobó inicialmente los expedientes de modificación parcial de las ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por la prestación de los servicios de cementerio municipal, tasa por la prestación de los servicios del museo municipal “Aranjuez, una Gran Fiesta” y tasa por la prestación de los servicios de préstamo de bicicletas “Aranbike”.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los respectivos expedientes permanecerán expuestos al público en la Secretaría General de la Corporación durante un plazo de treinta días, computado a partir de la fecha de publicación de este anuncio, durante el cual los interesados podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Finalizado el plazo de exposición pública, el Pleno de la Corporación habrá de resolver las reclamaciones presentadas y aprobar los textos definitivos. En el caso de que no se presentaran reclamaciones, estos acuerdos provisionales se entenderán elevados a definitivos de forma automática, no entrando en vigor estas modificaciones en tanto no se publiquen las redacciones íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19.1 del mismo texto legal, contra las ordenanzas así aprobadas solo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de esta publicación íntegra.

Aranjuez, a 5 de julio de 2012.—La segunda teniente de alcalde, concejal-delegada de Hacienda, María Piedad Roldán Moreno.

(03/24.385/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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