Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
19-07-2012

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120719-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

118
Ejecución 143 de 2012

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 143 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Íñigo Mateos, contra las empresas “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto, despachando ejecución y diligencia de ordenación con citación para el 5 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

Parte dispositiva:

Dispongo: despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Alberto Íñigo Mateos, frente a “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en forma solidaria.

Notificar la presente resolución a las partes en legal forma, así como al Fondo de ­Garantía Salarial y al administrador concursal de “Galvis XXI, Sociedad Limitada”.

Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva y otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución, según el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—El magistrado (firmado).

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 21 de junio de 2012.

Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de 28 de marzo de 2012, a las empresas “Especialistas Saneamientos, Sociedad Limitada”, y “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Alberto Íñigo Mateos y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 5 de septiembre de 2012, a las nueve y diez horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución en legal forma, así como al Fondo de Garantía Salarial y al administrador concursal de “Galvis XXI, Sociedad Limitada”.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.1 de la Ley Reguladora de la ­Jurisdicción Social).—La secretario judicial (firmado).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Galvis XXI, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.319/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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