Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
16-07-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120716-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

113
Procedimiento ordinario 353 de 2009

En el juicio de procedimiento ordinario número 353 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 22 de marzo de 2012, cuyo fallo literalmente es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda planteada por doña Gregoria Echevarri Martínez, frente a don Manuel Motera Romero y doña Josefa Martínez Martínez, ha lugar a la misma, y en su virtud declaro disuelta la comunidad existente entre la parte actora doña Gregoria Echevarri Martínez y los demandados don Manuel Motera Romero y doña Josefa Martínez Martínez, por prescripción adquisitiva. Se adjudica a cada uno, como consecuencia de la división por prescripción adquisitiva, la parte que ha venido poseyendo a título de dueño pública, pacífica e ininterrumpidamente durante más de treinta años, declarándose que la actual finca registral número 23.675, inscrita en el Registro de la Propiedad número 12 de Madrid, al tomo 936, libro 310, folio 196, queda dividida en las siguientes fincas independientes que a continuación se describen:

Doña Gregoria Echevarri Martínez es propietaria de la finca independiente urbana, parcela de terreno en Madrid, al sitio conocido por La Revenga. Ocupa una superficie de 231,24 metros cuadrados. Linda: al Norte, en línea de 12,75 metros, con el camino de Barajas (actual camino de Valdecarros); al Sur, en línea recta de 12,95 metros, con el lote número 43; al Este, en línea recta de 16,85 metros, con el terreno de los demandados, y al Oeste, en línea recta de 19,40 metros, con los lotes números 40 y 38.

Don Manuel Motera Romero y doña Josefa Martínez Martínez son propietarios de la finca urbana, parcela de terreno en Madrid, al sitio conocido por La Revenga. Ocupa una superficie de 114,10 metros cuadrados. Linda: al Norte, en línea de 7,25 metros, con el camino de Barajas (actual camino de Valdecarros); al Sur, en línea recta de 7,05 metros, con el lote número 43; al Este, en línea recta de 15,40 metros, con la calle Antonio López Torres, y al Oeste, en línea recta de 16,85 metros, con el terreno de la actora.

Que conforme a lo anterior procederá, en su caso, la rectificación del Registro, inscribiéndose las fincas según la descripción efectuada.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de fecha 27 de mayo de 2009 el magistrado-juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para llevar a efecto la notificación a la demandada “Luis Antonio, Sociedad Limitada Unipersonal”.

En Madrid, a 24 de abril de 2012.—El secretario (firmado).

(02/3.810/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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