Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
14-07-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120714-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Ejecución 305 de 2010

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 305 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio García Stuyck, contra don Francisco de Martín Santiago, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 8 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses practicada por importe de 245,87 euros, a cuyo pago resulta condenado don Francisco de Martín Santiago en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición del letrado don Antonio García Stuyck la cantidad de 245,87 euros en concepto de liquidación de intereses y devuélvase a don Francisco de Martín Santiago la cantidad de 1.354,13 euros, librándose al efecto los oportunos mandamientos de pago.

Y habiéndose satisfecho el total de las cantidades reclamadas en la presente ejecución, álcense los embargos trabados, librándose los correspondientes oficios a las entidades financieras, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la mercantil “Hyundai Motor, Sociedad Limitada”.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y verificado que sea el alzamiento de los embargos y el cobro de las cantidades puestas a disposición, archívense estas actuaciones dejando nota bastante en los libros de registro de este Juzgado.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante el magistrado-juez de este Juzgado, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Francisco de Martín Santiago, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de junio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/22.383/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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