Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120704-94
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 45
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento ordinario número 1.400 de 2011, se ha dictado resolución, que es del tenor literal siguiente:
Sentencia número 127 de 2012
En Madrid, a 11 de junio de 2012.—La ilustrísima señora doña Marta Fernández Pérez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 45 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 1.400 de 2011, a instancias de comunidad de propietarios de la calle Bravo Murillo, número 15, Madrid, representada por la procuradora de los Tribunales, doña Lucía Agulla Lanza, contra la herencia yacente o ignorados herederos de doña Enriqueta Eleuteria García Rodríguez, que versa sobre reclamación de cantidad.
Fallo
Estimando la demanda deducida por la procuradora de los Tribunales doña Lucía Agulla Lanza, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Bravo Murillo, número 15, de Madrid, contra la herencia yacente de doña Enriqueta Eleuteria García Rodríguez (o sus ignorados herederos, de existir estos), le condeno a abonar a la actora 10.856,55 euros, los intereses legales de 7.399,95 euros a computar desde el 25 de octubre de 2006 y las costas causadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes previniéndolas que contra la misma cabe interponer en este Juzgado recurso de apelación, del que conocerá la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.
Se advierte a las partes que para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, sin cuyo trámite no se admitirá el recurso, estando exentos el ministerio fiscal, el Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de herencia yacente o ignorados herederos de doña Enriqueta Eleuteria García Rodríguez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Madrid, a 11 de junio de 2012.—El secretario (firmado).
(02/5.253/12)