Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153
Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120628-7
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
El Decreto 105/2009, de 23 de diciembre, regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid.
Al amparo del citado Decreto, procede establecer para el curso escolar 2012-2013 los módulos de financiación que regularán la colaboración entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos e Instituciones de la región, así como los contratos de gestión de servicios educativos públicos.
Los módulos de financiación que se establecen para el curso escolar 2012-2013 incluyen, con carácter general, un módulo por cada centro, destinado a facilitar el funcionamiento del mismo. El módulo por plaza escolar está destinado a adecuar la financiación a la composición y estructura de cada centro así como a su nivel de ocupación.
Esta Orden se dicta de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 149/2011, de 28 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, atribuyéndose a esta Consejería la competencia autonómica en materia de educación.
En consecuencia, y de conformidad con los citados Decretos y demás normativa vigente sobre la materia:
DISPONGO
Primero
Ámbito de aplicación
Esta Orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid y los Ayuntamientos e Instituciones de la región para el funcionamiento de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el modelo de financiación por módulos. Será asimismo, de aplicación a los contratos de gestión de servicios educativos públicos establecidos por la Consejería de Educación y Empleo, Ayuntamientos e Instituciones para el funcionamiento de los citados centros, también, en el modelo de financiación indicado.
Segundo
Módulos de financiación
1. Para el curso escolar 2012-2013 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
— Módulo centro: 38.000 euros.
— Módulo plaza escolar 0-1 años: 6.175 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 1-2 años: 3.529 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar 2-3 años: 2.470 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza escolar segundo ciclo: 1.976 euros por plaza ocupada.
— Módulo plaza horario ampliado: 190 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso escolar 2012-2013 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
— Módulo centro de 1-2 unidades: 20.000 euros.
— Módulo centro de 3-4 unidades: 15.000 euros.
— Módulo centro de 5-6 unidades: 10.000 euros.
— Módulo plaza: 1.250 euros por plaza ocupada.
3. Para el curso escolar 2012-2013 se establece el módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a los Ayuntamientos, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Equipos de Atención Temprana, en la cuantía de 3.047 euros.
4. Para el curso escolar 2012-2013 se establece el módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a los Ayuntamientos, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Direcciones de Zonas de Casas de Niños, en la cuantía de 2.311 euros.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Disponibilidad presupuestaria
La aplicación de esta Orden estará sujeta a la efectiva disponibilidad de crédito en los presupuestos de la Comunidad de Madrid para los ejercicios de 2012 y 2013.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día 1 de septiembre de 2012 y su vigencia se mantendrá hasta el 31 de agosto de 2013.
Madrid, a 15 de junio de 2012.
La Consejera de Educación y Empleo, LUCÍA FIGAR DE LACALLE
(03/22.436/12)