Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 147

Fecha del Boletín 
21-06-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120621-218

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

218
Ejecución 74 de 2012

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 74 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Pilar Martín Pablo, contra la empresa “Tya 46, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 16 de mayo de 2012.

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña María del Pilar Martín Pablo con la empresa “Tya 46, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquella las cantidades siguientes:

Nombre de la trabajadora: doña María del Pilar Martín Pablo.

Indemnización: 12.810,22 euros.

Salarios: 11.094,36 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tya 46, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de mayo de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/19.046/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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