Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 142

Fecha del Boletín 
15-06-2012

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120615-100

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE LA JARA

RÉGIMEN ECONÓMICO

100
Impuesto bienes inmuebles 2012

Aprobados definitivamente por decreto 21/2012, de esta Alcaldía, dictado con fecha de 18 de mayo de 2012, los padrones y listas cobratorias de los tributos locales: padrón del impuesto sobre bienes inmuebles, naturaleza urbana y bienes de características especiales, padrón del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, referidos todos ellos al ejercicio 2012, a efectos, tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como la sumisión de los mismos al trámite de información pública, por medio del presente anuncio se exponen al público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón municipal de edictos, por el plazo de quince días hábiles, a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones tengan por convenientes.

Contra el acto de aprobación de los citados padrones y las liquidaciones contenidas en los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al decreto de aprobación o desde el día siguiente al de finalización del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario de los impuestos de bienes inmuebles de naturaleza urbana y de vehículos de tracción mecánica correspondientes al año 2012, en:

— Localidad: Robledillo de la Jara.

— Recaudación municipal: plaza Televisión Española, número 1.

Teléfono 918 687 180.

— Plazo de ingreso: del 1 de julio al 31 de agosto.

— Horario: de nueve a catorce.

— Modalidad de cobro: recibo (los no domiciliados pagaderos en “Caja Madrid”).

Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los interesados de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.

Robledillo de la Jara, a 18 de mayo de 2012.—El alcalde, Guillermo Crescente García Gómez del Moral.

(02/4.539/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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